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ARCA modifica su estrategia y ya no apelará los fallos a favor de jubilados para no pagar Ganancias
La decisión alcanza causas previsionales en trámite y responde al criterio sostenido por el máximo tribunal desde 2019.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar su estrategia judicial y dejará de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. La medida quedó formalizada mediante la Instrucción General 4/2026 de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos del organismo y marca un cambio en la postura del Estado frente a los reclamos de adultos mayores.
A partir de ahora, los representantes fiscales no deberán presentar nuevos recursos ante la Corte Suprema ni recursos de queja cuando las apelaciones sean rechazadas en instancias previas. Además, en los expedientes donde esos planteos ya fueron iniciados pero aún no tuvieron resolución, ARCA deberá desistir de continuarlos. Según el organismo, la decisión busca evitar “mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”, ante la reiterada jurisprudencia adversa.
El antecedente central es el fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019. En ese caso, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre haberes previsionales. La demandante era una jubilada de 79 años con problemas de salud, que sufría retenciones de entre el 29,33% y el 31,94% de sus ingresos.
La Corte consideró que el envejecimiento y la discapacidad generan mayores necesidades económicas y deben ser contemplados al definir la carga tributaria. También ordenó reintegrar las sumas retenidas desde la presentación de la demanda y dispuso que no se aplicaran nuevos descuentos hasta que el Congreso dictara una ley específica.
La nueva instrucción aclara que ARCA podrá seguir litigando por honorarios y costas, y prevé excepciones, por ejemplo, cuando los demandantes no tengan legitimación activa o existan circunstancias particulares que permitan sostener una posición distinta.
El organismo reconoció así la “sostenida jurisprudencia” de la Corte, mientras sigue pendiente una ley que establezca un tratamiento diferencial para jubilados y pensionados en situación de vulnerabilidad.
Con información de Infobae
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