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ARBA lanza un plan para regularizar deudas con descuentos
El beneficio alcanzará a obligaciones de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario Básico y Complementario, Automotor y Embarcaciones Deportivas.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) pondrá en marcha desde el lunes 26 de octubre un plan de pagos especial, destinado a facilitar la regularización de deudas tributarias antes de fin de año. Los descuentos llegan hasta el 40%.
La medida cobra especial relevancia de cara a 2027: para acceder a las bonificaciones y descuentos impositivos del próximo año será condición no registrar deuda con el fisco provincial.
Con ese objetivo, ARBA habilitará una instancia excepcional de regularización que ofrecerá bonificaciones de hasta 40%, según la modalidad de pago elegida y el momento en que se formalice la adhesión. El beneficio alcanzará a obligaciones de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario Básico y Complementario, Automotor y Embarcaciones Deportivas.
“El objetivo es que quienes tienen obligaciones pendientes cuenten con una herramienta concreta para regularizar su situación y puedan acceder a los beneficios previstos para quienes cumplen, en un contexto económico adverso y de mayores dificultades para el pago de impuestos”, dijo el director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard.
El esquema será escalonado. Entre el 26 de octubre y el 13 de noviembre, quienes cancelen al contado accederán a una bonificación del 40%; quienes opten por tres cuotas, del 20%; y quienes elijan seis cuotas, del 15%. Del 14 al 27 de noviembre, los descuentos serán de 35% al contado, 15% en tres cuotas y 10% en seis cuotas.
En una tercera etapa, del 28 de noviembre al 11 de diciembre, la bonificación será del 30% para el pago al contado, 10% en tres cuotas y 5% en seis cuotas. Finalmente, del 12 al 31 de diciembre, se mantendrá un descuento del 30% para la cancelación al contado. Las bonificaciones no podrán superar el monto del capital adeudado.
El nuevo plan permitirá regularizar deudas vencidas o devengadas hasta el 31 de diciembre de 2025, incluidas aquellas que se encuentren en instancia prejudicial, judicial o en proceso de fiscalización. También podrán incorporarse obligaciones vencidas o devengadas durante 2026, excepto las correspondientes al Impuesto de Sellos.
Fuente: DIB
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