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Vuelve a regir la reforma laboral: qué cambia en indemnizaciones, vacaciones y banco de horas
La ley de modernización laboral aprobada por el Congreso ya se encuentra en plena vigencia y trae modificaciones para todos los trabajadores.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la cautelar que frenaba parte de la reforma laboral y la ley vuelve a estar plenamente vigente, con modificaciones clave que impactan en la jornada laboral, las indemnizaciones y el régimen de licencias.
La decisión judicial reactivó más de 80 artículos que habían sido suspendidos tras un planteo de la Confederación General del Trabajo. Con este nuevo escenario, entran en vigencia cambios que buscan flexibilizar las relaciones laborales y modificar el esquema de costos para empleadores.
Uno de los puntos centrales es la incorporación del banco de horas. A partir de ahora, empleadores y trabajadores podrán acordar por escrito la compensación de horas extra mediante francos o redistribución de la jornada. El sistema permite alternar períodos de mayor carga horaria con otros más livianos, siempre respetando los descansos mínimos de 12 horas y los límites semanales establecidos por ley o convenio.
En materia de vacaciones, se mantiene el período habitual entre octubre y abril, pero se habilita la posibilidad de acordar su uso fuera de ese plazo. Además, se podrán fraccionar en tramos de al menos siete días consecutivos. La normativa también establece que cada trabajador deberá tener al menos una licencia en temporada de verano cada tres años.
Respecto a las indemnizaciones, la ley redefine la base de cálculo para los despidos sin causa, limitándola al salario mensual habitual y excluyendo conceptos como aguinaldo o vacaciones. También se establece que la indemnización será la única compensación, y se crea un sistema de actualización de créditos laborales atado al índice de inflación más un 3% anual.
La reforma incorpora además nuevos mecanismos como el Fondo de Asistencia Laboral, financiado por aportes de los empleadores, y habilita la creación de fondos de cese laboral por convenio colectivo, bajo un esquema de capitalización individual que podría reemplazar la indemnización tradicional.
Entre otros cambios, se amplía el período de prueba a seis meses —y hasta ocho en pequeñas empresas—, se eliminan multas por empleo no registrado para quienes regularicen la situación, y se establece la digitalización obligatoria de registros laborales ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Tal como señala el portal Infobae, el fallo tiene impacto inmediato y marca un nuevo escenario en el mercado laboral, mientras sigue el debate judicial y político por el alcance de la reforma.
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