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Uno por uno, los puntos clave de la reforma de la Ley de Glaciares

El debate tuvo lugar este miércoles en la Cámara de Diputados donde 137 legisladores votaron a favor, 111 en contra y solo 3 se abstuvieron.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles la reforma de la Ley de Glaciares, una norma central para la protección de reservas estratégicas de agua en la Argentina. La iniciativa, que ya contaba con media sanción del Senado, obtuvo 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones, en una sesión que se extendió hasta la madrugada.

La ley original, sancionada en 2010, establecía presupuestos mínimos para la preservación de glaciares y ambientes periglaciares, considerados claves para el abastecimiento de agua, la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas. Con esta reforma, se introduce un cambio de enfoque que modifica el alcance de esa protección.

Uno de los puntos centrales es que la cobertura ya no será general, sino que se limitará a aquellos glaciares y zonas periglaciares que tengan una “función hídrica comprobada o relevante”. Esto implica que solo las áreas consideradas estratégicas para el recurso hídrico quedarán bajo resguardo estricto, mientras que otras podrían quedar habilitadas para actividades productivas.

Además, la reforma otorga mayor protagonismo a las provincias, que pasarán a definir los criterios de protección y a evaluar, caso por caso, las actividades permitidas mediante estudios de impacto ambiental. Este cambio refuerza el concepto de federalismo ambiental impulsado por el oficialismo.

En ese marco, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) dejará de tener un rol central en la determinación científica de los glaciares y pasará a cumplir una función principalmente registral. El inventario seguirá siendo de consulta obligatoria, pero sin afectar las atribuciones provinciales.

Otro aspecto relevante es la modificación del sistema de prohibiciones. Mientras que la ley vigente establecía restricciones generales en estas áreas, la nueva normativa habilita la evaluación particular de cada proyecto, lo que abre la puerta a actividades extractivas en zonas que antes estaban protegidas de manera amplia.

La norma también introduce cambios en el principio precautorio: todos los glaciares incluidos en el inventario seguirán protegidos inicialmente, pero podrán perder esa condición si la autoridad ambiental determina que no cumplen funciones hídricas relevantes, aunque continuarán bajo el marco de la Ley General del Ambiente.

La reforma generó cuestionamientos de especialistas y organizaciones ambientales, que advierten sobre posibles riesgos para las reservas de agua dulce. Desde el Ejecutivo, en tanto, sostienen que la modificación permitirá ordenar el marco legal, evitar interpretaciones arbitrarias y dar mayor previsibilidad a las inversiones, especialmente en regiones con actividad minera.

Con información de Infobae

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