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Libertarios bahienses proponen multas de hasta $50 millones para los sindicatos que hagan piquete

El proyecto de ordenanza fija fuertes sanciones económicas para quienes impidan el acceso a locales, con agravantes en casos de violencia o afectación a servicios esenciales.

En medio de la polémica desatada luego de la manifestación de Empleados de Comercio días atrás en la puerta del shopping, un proyecto presentado en el Concejo Deliberante propone sancionar con multas millonarias los bloqueos a establecimientos comerciales, productivos y de servicios, en el marco de un régimen que busca garantizar la libre circulación y el derecho al trabajo.

La iniciativa establece que la infracción básica será sancionada con multas equivalentes a entre 10 y 50 salarios mínimos municipales. Con valores actuales, esto implicaría montos que van desde poco más de $6 millones hasta más de $30 millones, aproximadamente.

En tanto, los casos agravados —cuando haya violencia, intimidación, afectación a múltiples establecimientos o a servicios esenciales— contemplan sanciones de entre 50 y 90 salarios mínimos municipales. En estos escenarios, las multas podrían alcanzar los $54 millones.

El proyecto también especifica que las sanciones podrán aplicarse tanto a personas físicas como a personas jurídicas que organicen o promuevan los bloqueos, ampliando así el alcance de la responsabilidad.

En cuanto a la tipificación, se considerará infracción únicamente el impedimento físico efectivo del acceso o egreso a un establecimiento mediante objetos, vehículos o aglomeraciones. En cambio, quedan excluidas las protestas pacíficas, asambleas o manifestaciones que no bloqueen el ingreso.

Además, la norma prevé que antes de labrar un acta se deberá intimar a los manifestantes a cesar la obstrucción en un plazo mínimo de 30 minutos. De persistir la situación, el Municipio podrá solicitar la intervención de la fuerza pública para remover los obstáculos, sin disolver la protesta.

El juzgamiento quedará a cargo del Tribunal de Faltas y la ordenanza no regula el derecho a huelga ni la acción sindical, sino únicamente las conductas materiales que afecten la circulación en la vía pública.

El proyecto deberá ser tratado en el Concejo Deliberante y, en caso de aprobarse, entraría en vigencia a los 120 días de su promulgación.

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