publicado en el boletín oficial
El Gobierno oficializó el bono de fin de año para trabajadores privados
El presidente firmó el Decreto 841/2022 que fue publicado este sábado en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional oficializó los detalles del bono para trabajadores privados o en relación de dependencia que fue anunciado en la última semana y que consta de una “asignación no remunerativa por única vez” de $24.000 que “será abonada por los sujetos empleadores en el mes de diciembre de 2022”.
El Decreto 841/2022 publicado este sábado en el Boletín Oficial lleva la firma del presidente Alberto Fernández. Este monto ya había sido anunciado por Victoria Tolosa Paz (Desarrollo Social) y Raquel “Kelly” Olmos, quien detalló que el bono beneficia a más de 4.5 millones de trabajadores registrados.
La asignación no remunerativa es para empleados comprendidos en la ley de contrato de trabajo, en el régimen de la industria de la construcción, del personal rural y del personal de casas particulares.
Para quienes cursan una jornada legal convencional, la asignación se aplicará a los trabajadores que perciban salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859.
El Decreto publicado en el Boletín Oficial establece que el monto de la asignación no remunerativa será equivalente a:
Caso 1: los $ 24.000 completos
Se dará $24.000 a los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, menores o iguales a $161.859.
Caso 2: La diferencia para llegar a $ 185.859
Por otro lado, se calculará la diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado.
Es decir, si un trabajador tiene un salario neto de $ 170.000 percibirá un bono de $15.859 en vez del monto más alto, $24.000.
Caso 3: el monto proporcional ante una jornada no convencional
Cuando la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional, los montos mencionados serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada.
Fuente: Cronista
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