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Punta Alta: multarán a las empresas que no señalicen correctamente los vallados

Se trata de una ordenanza que fue aprobada por el Concejo Deliberante rosaleño. Cuánto deberán pagar las que no cumplan con la normativa.

El Concejo Deliberante aprobó ayer una ordenanza y una modificación al Código de Faltas Municipal que establece la obligatoriedad de señalización reflectiva en todo vallado colocado en torno a obras en la vía pública. Las empresas que no cumplan con esta normativa podrán ser sancionadas con multas que van desde 2 hasta 20 millones de pesos.

Según publica el portal El Rosalenio, el proyecto fue presentado en abril de 2024 por el bloque Bien Común y tratado en la Comisión de Obras, donde obtuvo despacho favorable días atrás. Fue aprobado por unanimidad en la sesión ordinaria de este jueves, y ahora resta su reglamentación por parte del Departamento Ejecutivo.

La medida fue impulsada debido a que, en muchos sectores de la ciudad, la señalización de obras en la vía pública es deficiente, lo que representa un riesgo para la seguridad vial.

En su articulado, la nueva ordenanza establece que “toda obra en la vía pública que afecte la transitabilidad de la misma, ejecutada en el distrito de Coronel Rosales, deberá disponer de medios de señalización reflectante y/o balizamiento que permitan su correcta visualización en todo momento del día”.

Asimismo, se dispone que “en ningún caso podrán comenzarse obras en la vía pública sin que se hayan instalado las señales viales correspondientes”, las cuales deberán “ser autorizadas previamente por la Secretaría de Obras”.

La ordenanza delega en el Departamento Ejecutivo la responsabilidad de establecer “la forma específica de las señalizaciones”, en función de “las características del lugar donde se realice la obra, el alumbrado en funcionamiento y priorizando que las mismas sean claramente visibles durante la noche”.

Además, se establece que “toda valla colocada en la vía pública deberá contar con bandas reflectantes que la hagan claramente visible”.

Finalmente, la ordenanza modifica el artículo 141 del Código de Faltas para permitir sancionar el incumplimiento de la nueva normativa, estableciendo multas de entre 10 y 100 módulos ($199.000 a $1.990.000) para particulares, y de entre 100 y 1.000 módulos ($1.990.000 a $19.900.000) para empresas concesionarias de servicios públicos o contratistas de obras públicas o privadas.

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