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El Gobierno aprobó la Ley de Propiedad Privada en el Senado
Obtuvo media sanción y establece nuevos procedimientos para desalojos, modifica aspectos de alquileres y cambia el régimen de expropiaciones. El Gobierno quitó otro capítulo del proyecto original.
El Senado dio media sanción durante la madrugada de este viernes a la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada por el Gobierno nacional que introduce modificaciones en los procedimientos de desalojo, los contratos de alquiler y las expropiaciones.
El proyecto fue aprobado en general por 37 votos afirmativos contra 33 negativos y ahora deberá pasar por la Cámara de Diputados para completar su trámite legislativo.

Uno de los principales puntos de la iniciativa apunta a reducir los tiempos judiciales para recuperar inmuebles, aunque establece diferencias entre los casos de falta de pago de un alquiler y aquellos en los que existe una ocupación sin autorización.
Qué cambia ante la falta de pago del alquiler
En los contratos destinados a vivienda, el propietario deberá intimar de manera fehaciente al inquilino antes de iniciar una demanda de desalojo y otorgarle un plazo mínimo de diez días para cancelar la deuda.
La comunicación podrá realizarse en el domicilio establecido en el contrato o mediante el domicilio electrónico constituido por el locatario.

Una vez vencido ese período, si el pago no se concreta y tampoco se devuelve el inmueble, el propietario podrá iniciar la acción judicial correspondiente.
La propuesta dispone que esas causas tramiten a través del procedimiento sumarísimo o mediante la vía más breve contemplada por cada jurisdicción, con el objetivo de reducir los tiempos de resolución.
El plazo de diez días fue incorporado durante el tratamiento del proyecto, ya que la propuesta original del Poder Ejecutivo establecía un período menor para realizar la intimación.
Cómo funcionarán los desalojos
La iniciativa también modifica el procedimiento para aquellos inmuebles que se encuentren ocupados sin autorización.
En estos casos, el proyecto busca que la restitución de la propiedad pueda tramitar mediante mecanismos judiciales más rápidos, evitando los plazos de los procesos ordinarios.

La reforma no contempla, sin embargo, que un inquilino pueda ser desalojado automáticamente al dejar de pagar. Cuando existe un contrato de alquiler destinado a vivienda, deberá realizarse primero la intimación y posteriormente, si persiste el incumplimiento, avanzar con el trámite judicial.
Qué ocurre si el propietario no recibe las llaves
Otro de los cambios está relacionado con la devolución del inmueble una vez finalizado el contrato.
Cuando el inquilino pretenda entregar las llaves y el propietario se niegue a recibirlas, podrá recurrir a una consignación judicial.
El mecanismo busca determinar de manera precisa cuándo quedó a disposición la propiedad y evitar que continúen acumulándose alquileres u otras obligaciones pese a que el locatario haya manifestado formalmente su intención de devolverla.
Modificaciones en las expropiaciones
La media sanción también incluye cambios en el régimen de expropiaciones por parte del Estado.

La declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y tendrá que estar respaldada por una justificación concreta sobre las razones que hacen necesaria la medida.
Además, se incorporan nuevos criterios para establecer las indemnizaciones y se fija un límite para el reconocimiento del lucro cesante.
Los capítulos que quedaron afuera
El texto finalmente aprobado fue más acotado que la iniciativa presentada originalmente por el Gobierno.
Antes de la sesión se retiraron las modificaciones previstas para la Ley de Tierras Rurales, que contemplaban cambios en las restricciones para la adquisición de campos por parte de extranjeros.
Tampoco prosperó el capítulo que buscaba modificar la Ley de Manejo del Fuego y flexibilizar algunas de las restricciones vigentes para cambiar el uso de terrenos afectados por incendios.
De esta manera, la media sanción quedó concentrada principalmente en las modificaciones vinculadas con la protección de la propiedad privada, los procedimientos de desalojo, los alquileres y las expropiaciones.
La iniciativa deberá ahora ser debatida por la Cámara de Diputados. Hasta que el Congreso complete el tratamiento y la eventual ley entre en vigencia, continuarán aplicándose las normas actuales.
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