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"Herrero montó una parodia y una narrativa sin sustento"

La Brújula 24 accedió al fallo de Casación en el que ratifica la condena contra el "peritrucho". "Sus aseveraciones devienen a aseveraciones falaces", resalta.

La confirmación de la sentencia dictada contra "el peritrucho" Marcos Herrero por parte del Tribunal de Casación, una resolución informada a última hora del jueves, echa por tierra la apelación presentada por la defensa al veredicto del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, que en abril de 2025 lo condenó a siete años de cárcel. Los jueces del máximo organismo penal nacional Juan Carlos Gemignani, Carlos Mahiques y Diego Barroetaveña no hicieron lugar al recurso expuesto por el abogado Leandro Aparicio y lo fundamentaron en su resolución.

"Marcos Herrero afirmó haber realizado sus hallazgos resultan mendaces. Muy lejos de un desacierto o una equivocación, la conducta del imputado revela una clara voluntad de falsear la realidad, construyendo deliberadamente una narrativa basada en un supuesto método propio, que carece de todo sustento científico y no se enmarca en ningún estándar reconocido por la disciplina", reza en el escrito firmado por los magistrados. 

Y añaden: "Sus afirmaciones, desprovistas de validez técnica y sin posibilidad de verificación, devienen en aseveraciones falaces e insostenibles, sin correlato en la realidad fáctica del caso, lo que permite concluir, con el grado de certeza requerido, que su conducta estuvo guiada por una intención consciente de engañar, que interpretaría como marcaje positivo en sus perros".

"Según Herrero, sus perros (superpoderosos) podían hacer todo indistintamente pero sin límite de tiempo preestablecido (resultaron ilustrativos los antecedentes consignados en su CV y citados en su defensa), es decir, transgrediendo todo límite temporal de vigencia o entidad del rastro, lo que también intentó fundar en supuestos de excepción que menciona la doctrina extranjera, llegando al extremo de ilustrarnos con los perros arqueológicos que hacen hallazgos a miles de años de distancia", refutaron con énfasis los tres miembros del Tribunal nacional.

En esa misma dirección, resaltan que "este dislate argumental carente de contenido, seriedad y conexión con lo debatido en el legajo deja aislado de verificación cualquier propósito que afirme Herrero; no por incomprensión como alega sino por falta de rigor científico de sus apreciaciones las que se desvanecen cuando se las confronta con la verdad empírica que se extrae de las restantes evidencias que se colectaron en el expediente, tales como pruebas de laboratorio, pruebas de ADN, actuación de los restantes peritos, declaraciones de los distintos testigos idóneos en la materia".

"Mención aparte merece la parodia montada por Herrero al inicio de los procedimientos para otorgar credibilidad a su actuar cuando alegaba en que consistirían las conductas caninas que interpretaría como marcaje positivo en sus perros. Pues con su cosmovisión técnico, espiritual y emocional del perro siempre le permitía a la luz de las mismas determinar el acaecimiento de una marcación positiva cuando aquél ‘ladre’, ‘se siente’ o rasguñe, es decir, prácticamente siempre. Ante lo cual cabe preguntarse ¿qué queda fuera de ese rango conductual referenciado al iniciar el procedimiento para reconocer una marcación positiva?", agregaron.

Por último, Gemignani, Mahiques y Barroetaveña hicieron una salvedad sobre los hallazgos de la turmalina y la vaquita de San Antonio: "Resulta oportuno destacar una discrepancia con la construcción fáctica propuesta por el Ministerio Público Fiscal en torno al hallazgo de los elementos oportunamente secuestrados; concretamente la bolsa transparente que contenía en su interior un paquete de cigarrillos en estado de descomposición con dos mitades que unidas componían un objeto símil a una esfera dibujo de sandía que contenía en su interior un dije de vaquita de San Antonio de color verde (hecho 2) y la turmalina".

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