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a casi 11 años del hecho

Crimen de Carlos Soria: expareja del bahiense tendrá salidas transitorias

Susana Freydoz había sido condenada a 18 años de cárcel por matar a quien fue gobernador de Río Negro.

Casi 11 años después del crimen del bahiense Carlos Soria, su esposo y ex gobernador de Río Negro, ocurrido el 1 de enero de 2012, Susana Freydoz fue autorizada por la Justicia provincial a tener dos salidas transitorias por mes.

La mujer, que tiene 72 años, podrá visitar a su familia en General Roca, para regresar luego al domicilio de Neuquén donde cumple prisión domiciliaria desde enero del 2020.

Según se informó desde el Poder Judicial, este régimen de salidas transitorias se extenderá por tres meses.

Si Freydoz cumple adecuadamente con todas las pautas y condiciones establecidas durante ese período, el Juzgado de Ejecución quedará en condiciones de realizar una nueva audiencia para tratar el beneficio de libertad condicional, que fue solicitado por la defensa.

La audiencia fue conducida por el juez de Ejecución de Roca, Fernando Romera, quien luego de verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales otorgó el beneficio de dos salidas transitorias mensuales a Freydoz, quien se encuentra purgando una pena de 18 años de prisión.

El régimen de salidas transitorias se fijó por el plazo de tres meses, incluyendo todo el mes de febrero de 2023. El permiso está limitado a 72 horas mensuales de salidas transitorias (una salida de 24 horas y una salida de 48 horas).

Cada salida será con acompañamiento de un tutor y monitoreada con un dispositivo electrónico GPS. Durante las salidas la mujer no podrá exceder los límites de la ciudad de Roca y deberá pernoctar en el domicilio específicamente asignado para el cumplimiento del beneficio.

Finalizado el horario tope para cada salida, la mujer de 72 años deberá regresar a la vivienda donde actualmente cumple la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

El hecho

El crimen fue cometido en la habitación matrimonial de la chacra de la familia Soria ubicada en las afueras de General Roca, donde la víctima estaba recostada en la cama.

En el juicio, quedó probado que luego de lavar los platos en la cocina junto a su hija María Emilia, Freydoz fue al dormitorio y se inició una fuerte discusión matrimonial.

En medio del altercado, la mujer tomó de la mesa de luz un revólver calibre .38 y le disparó a su esposo, a no más de 50 centímetros de distancia, una bala que le ingresó por el pómulo derecho del rostro y le provocó la muerte en el acto.

Freydoz fue condenada por el delito de “homicidio calificado por el vínculo” pero no recibió la pena de prisión perpetua -prevista para ese tipo de asesinato- porque la Cámara del Crimen de General Roca consideró que existieron “circunstancias extraordinarias de atenuación”.

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