Desde agosto
Empleadas domésticas: cómo quedarán los sueldos tras el acuerdo salarial
Las subas serán en cuatro tramos y habrá una revisión en noviembre.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares alcanzó un acuerdo salarial para el personal doméstico que comenzará a regir en agosto y que prevé una revisión en el mes de noviembre. El entendimiento plantea aumentos en cuatro tramos sobre el salario de junio de 2022.
Para las trabajadoras de la quinta categoría, a modo de ejemplo por ser el sector mayoritario, la suba será en cuatro tramos.
La escala de sueldos, entonces, quedaría con este esquema:
$ 48.524 en agosto
$ 52.531 en septiembre
$ 56.537 en octubre
$60.544 en noviembre
Las demás categorías recibirán incrementos en igual proporción.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares es el órgano normativo propio de dicho régimen legal y se Integra por representantes de los trabajadores, de los empleadores y de los Ministerios de Economía, Desarrollo Social y Trabajo, que ejerce su presidencia y tiene a su cargo las tareas de soporte técnico y administrativo.
El personal doméstico había recibido un incremento salarial en tres tramos, de 6% en abril, 9% en mayo y 15% en junio, con cláusula de revisión para el mes de agosto de 2022 luego de que se reuniese el Consejo del Salario.
La semana pasada el Gobierno, representantes empresarios y sindicales acordaron un incremento del salario mínimo, vital y móvil del 21% en tres tramos, con lo que el nuevo piso salarial llegará a $ 57.900 en noviembre, cuando las partes volverán a reunirse para revisar el aumento y eventualmente acordar otra actualización en base a la evolución de la inflación.
La negociación salarial comenzó el jueves último en una reunión que se llevó a cabo en la sede de la cartera liderada por Claudio Moroni. Ante la falta de acuerdo, los funcionarios decidieron pasar a un cuarto intermedio. Y finalmente se resolvió hoy.
Se estima que esto incida, aproximadamente, en el ingreso de 1.300.000 trabajadores.
A los montos acordados se le agrega el adicional por antigüedad, que equivale al uno por ciento por cada año en el que se mantuvo la relación laboral. Este adicional se abona mensualmente desde el 1 de septiembre de 2021, y el tiempo de servicio se empieza a computar a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.
Fuente: Clarín
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