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tras el anuncio del Gobierno

Ganancias: cuáles son los puntos que restan definir para aplicar el nuevo piso

Para que las modificaciones se puedan realizar en tiempo y forma a la liquidación de los sueldos del próximo mes, será fundamental la rápida publicación del decreto.

El Gobierno anunció este viernes el aumento del piso a partir del cual se empezará a tributar el Impuesto a las Ganancias. De modo tal que se postuló que la suba será del 24,3% y se va a eximir del pago a los salarios de hasta $280.792 brutos o $233.057 de bolsillo.

Esta iniciativa fue impulsada tras la presión de Sergio Massa y los funcionarios de la Cámara de Diputados señalaron que la actualización de la deducción especial se pondrá en marcha a partir de los salarios percibidos desde el 1° de junio, además, los aguinaldos van a quedar exentos.

El presidente de la Cámara de Diputados estableció el anuncio del aumento de piso, junto al ministro de Economía Martín Guzmán y la cúpula de la CGT. Aunque, más allá de lo establecido por el organismo político, aún queda por conocer la letra chica de los cambios ya que, para que las modificaciones se puedan aplicar en tiempo y forma a la liquidación de los sueldos del mes próximo, será fundamental la rápida publicación del decreto.

“La semana que viene terminan de cerrar dos paritarias que faltan. Ahí quedará consolidado el Ripte, que es el mecanismo por el cual se construye la actualización y, una vez que esté consolidado, saldrá el decreto que incluirá la exclusión del aguinaldo del pago del Impuesto a las Ganancias” subrayó Massa.

Según contadores que fueron entrevistados por el medio TN, los expertos indicaron que los detalles de esta última modificación (que incluyen el decreto presidencial y la reglamentación de la AFIP) deberían estar publicados antes del 20 de junio para tener tiempo suficiente de liquidar los sueldos de ese mes y los aguinaldos según las nuevas condiciones de retenciones.

Otro tema que se definirá en la reglamentación será la escala especial que la última modificación de Ganancias estableció para que los salarios que pasan ligeramente del nuevo piso no pasen de no tributar a pagar las escalas más altas (ya que el mínimo no imponible en sí mismo no se modificó).

Según los cálculos oficiales, la tabla de deducciones especiales aplicará a los salarios brutos que estén entre $280.792 y $324.182.

Fuente: Los Andes

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