Llegarán presos al juicio
La banda de los fleteros: confirman la prisión preventiva para los acusados
Se trata de Mariano Martín Llafar, Mario Raúl Aguiar, Carlos Rodrigo Ciucci y Pablo Andrés Halberg. En la causa también está involucrado Salvador Florentino Quel.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías declaró como inadmisibles las apelaciones a las prisiones preventivas de los acusados de formar parte de la Banda de los Fleteros, una asociación ilícita dedicada a amedrentar y extorsionar a empresarios relacionados con el transporte y/o producción de productos agrícolas e insumos necesarios para su producción -concretamente fertilizantes-, con el propósito de obligarlos a contratar los servicios prestados por los imputados (propietarios de camiones o de empresas de transporte); siempre agrupados bajo la bandera del Sindicato Único de Fleteros Seccional Bahía Blanca.
De esta manera, Mariano Martín Llafar, Mario Raúl Aguiar, Carlos Rodrigo Ciucci y Pablo Andrés Halberg deberán seguir detenidos, hasta el momento que se realice el juicio oral por los hechos que se les imputan.
Los nombrados, junto a Salvador Florentino Quel -liberado pero vinculado al proceso- están imputados de asociación ilícita y varios delitos relacionados con la forma de operar de dicha asociación.
La banda fue desbaratada en agosto de este año, luego de la realización de 6 allanamientos ordenados por la titular del Juzgado de Garantías N° 4, Marisa Promé. La causa tuvo origen en la denuncia de un transportista del 23 de mayo de 2019, a la que se sumaron otras posteriores (incluso de Trenque Lauquen).
Según la imputación, “bajo el liderazgo y coordinación de Llafar y Aguiar, valiéndose de la representación del Sindicato Único De Fleteros (Seccional Bahía Blanca), conformaron una organización delictiva destinada a amenazar y/o coaccionar a los choferes de camiones, a los propietarios de éstos y/o a los representantes de empresas con sede en distintas ciudades del país -excluida la ciudad de Bahía Blanca-; dedicadas a la producción y/ o transporte de cereales y fertilizantes.
Ello con el propósito de obligar a los tomadores de carga (sean estos dueños de la mercadería transportada o empresas dedicadas al transporte), a contratar los servicios de transporte ofrecidos por los miembros de la organización -o de terceros vinculados a ellos- para el traslado de productos que adquieren a empresas locales o bien, para el traslado de cereales desde sus localidades de origen hasta las terminales portuarias de esta ciudad.
Para alcanzar estos fines, los imputados Mariano Martín Llafar, Mario Raúl Aguiar, Carlos Rodrigo Ciucci, Pablo Andrés Halberg se instalaban en las puertas de acceso al depósito de la empresa Sea White S.A., sita en calle Facundo Zuviría 401 de esta ciudad (concretamente en la zona aledaña al ingreso de camiones, ubicada en una calle sin número que corre paralela a la calle 18 de julio de esta ciudad); o bien recorrían el sector próximo al depósito de la firma Bunge Argentina S.A, sito en Ruta Nac. 3 Km. 673 (en el sector conocido como playa de camiones), desde donde controlaban el acceso y salida de camiones.
A su vez, se valieron de distintos métodos de intimidación dirigidos a los representantes de las empresas tomadoras de carga -de otras zonas del país-, con el objeto de que accedan a sus exigencias, entre ellas: mensajes de texto y llamados telefónicos persistentes, realizados a los dueños de las empresas imponiéndoles la obligación de compartir viajes, al tiempo que -en caso de no acceder- les hacían saber que no permitirían el acceso de sus camiones a retirar productos de los depósitos señalados; o bien les comunicaban que sus camiones se volvían vacíos.
También intimidaban a los choferes que arribaban a las zonas de acceso de las plantas de Sea White S.A y/o Bunge Argentina S.A. utilizando distintos métodos, como por ejemplo: recorrían y vigilaban los camiones interrogando a los choferes sobre su origen, giraban alrededor de ellos -observándolos-, intencional y sugestivamente; y estacionaban sus vehículos (identificados con el logo del Sindicato Único de Fleteros) muy cerca de los camiones y les manifestaban frases como: “hoy no cargás”, “¿para quién trabajas?” u otras intimidaciones tales como: “aténganse a las consecuencias”; “las consecuencias van a ser otras”; “les vamos a prender fuego los camiones” o expresiones similares.
Salvador Florentino Quel, valiéndose de su puesto laboral en la casilla de acceso a la planta de la empresa Profertil S.A. (tercerizado) brindaba información a los demás integrantes de la organización o banda respecto de los camiones que salían cargados de dicha planta, mediante mensajes de WhatsApp al grupo integrado por los miembros de la organización delictiva.
Finalmente, en caso de que los representantes de las empresas indicadas se negaran a acceder a sus requerimientos, los integrantes de la organización delictiva atentaban y/o dañaban sus camiones arrojándoles clavos miguelitos a las ruedas de los vehículos, con el propósito de que no regresen a la ciudad.
Para concretar dicha finalidad, los imputados se valieron de distintas modalidades delictivas, tales como: coacciones perpetradas contra los propios tomadores de carga y/o contra sus dependientes (choferes de camiones) o daños materializados a los camiones que concurrían a retirar mercadería desde las terminales locales, principalmente desde la firma Sea White S.A.
Estos daños fueron provocados con un doble propósito: por un lado, en represalia por no acatar; y, por el otro, como estrategia para generar inquietud y temor hacia los restantes camioneros.
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