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La Corte Suprema levantó la feria en algunos juzgados federales, pero no incluyó a Bahía
Las provincias alcanzadas por el momento son Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis y Córdoba.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación levantó este martes la feria extraordinaria para juzgados de algunas provincias, pero por el momento no habilitó ninguno en la provincia de Buenos Aires y por ende, en Bahía Blanca.
La Corte habilitó a varios juzgados federales a volver a trabajar: Bahía no está incluída. Aca sigue todo igual.
— Germán Sasso (@SassoGerman) June 2, 2020
La determinación abarca a zonas que se encuentran en una etapa más avanzada del aislamiento obligatorio donde la circulación del virus está más controlada que en otras partes del país. Sin embargo, en algunos casos, la decisión no alcanza a todos los juzgados federales instalados en esas provincias o áreas judiciales.
Las provincias alcanzadas por el momento son Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis y Córdoba.
En Corrientes y en Tucumán el levantamiento de la feria es para la Cámara Federal de Apelaciones y la totalidad de los juzgados federales de la jurisdicción. La decisión alcanza a la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia e incluye a los juzgados federales de Esquel, Río Grande, Comodoro Rivadavia, Caleta Olivia y Río Gallegos.
Para el área de Mendoza, se trata del Juzgado Federal de San Rafael, el de San Luis, Villa Mercedes, y los juzgados federales de San Juan Nº 1 y 2. En la zona de Córdoba, en tanto, el levantamiento fue para los juzgados de Río Cuarto, Villa María y Bell Ville.
La Corte estableció que el levantamiento de la feria abarcará, en materia recursiva, la actuación que se cumpla en primera instancia, donde se llevan adelante investigaciones, y no de cámaras. También se dispuso que se mantienen “las amplias facultades de superintendencia que esta Corte ha concedido a aquellas autoridades para adoptar, en el ámbito de sus propios fueros o jurisdicciones, las acciones pertinentes a fin de que su actuación se cumpla de acuerdo a las previsiones dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y por las autoridades locales y para adecuar el funcionamiento de los tribunales de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, arbitrando las medidas que tiendan a la protección de la salud” del personal.
Con esta disposición, la Corte ordenó que “todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”, mientras que se mantienen “las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y empleados” que estén en grupos de riesgo o dentro de los exceptuados en resoluciones anteriores.
La resolución lleva la firma digital de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Desde el 20 de marzo, cuando entró en vigencia el decreto de aislamiento social preventivo y obligatorio, la Corte dispuso la feria extraordinaria, que fue renovando a medidas que el Ejecutivo, a través de decretos, extendía la cuarentena.
(Fuente: LB24 e Infobae)
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