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Cayó por "pistolero" y terminó condenado por venta de droga

De trata de Dylan Campos, de 19 años. Fue detenido en febrero por un ataque armado. Le habían secuestrado más de medio kilo de cocaína.

Un joven de 19 años fue condenado a 4 años de prisión efectiva por tenencia de cocaína con fines de comercialización, luego de haber sido detenido en febrero durante un allanamiento realizado en el marco de una causa por una agresión a tiros.

La sentencia fue dictada por el juez Walter López Da Silva, quien homologó un acuerdo pleno entre la fiscal federal Elisa Trinchín, el auxiliar fiscal Facundo Ruiz Martínez y la defensa del imputado.

El condenado es Dylan Nicolás Campos, quien había sido arrestado el 19 de febrero en una vivienda de Patricios al 2100, en el barrio Bajo Rondeau. En aquel operativo, realizado por personal de Comisaría Quinta y la UPPL Motorizada, también fueron capturados dos menores de 14 y 15 años.

El procedimiento había sido ordenado por el Juzgado de Garantías N°3 en el marco de una investigación por una agresión a mano armada ocurrida días antes. Según se informó en ese momento, Campos estaba señalado como uno de los acusados de balear a un joven de 22 años, en un presunto ajuste de cuentas ocurrido el 11 de febrero.

Durante el allanamiento, la policía secuestró una pistola Bersa Thunder 9 PRO con cargador y 15 proyectiles calibre 9 milímetros, un rifle de aire comprimido, tres teléfonos celulares, dos balanzas de precisión digitales, una moto Honda Wave 110 cc y 566 gramos de cocaína en trozos compactos.

El hallazgo de la droga derivó en la intervención de la justicia federal. De acuerdo con la información publicada por el Ministerio Público Fiscal, las actuaciones fueron remitidas desde el fuero provincial al federal por tratarse de una causa vinculada a estupefacientes.

La fiscalía formalizó la investigación y solicitó la convalidación de la prisión preventiva. En ese marco, el juez López Da Silva declaró la competencia del fuero federal, mantuvo la detención del imputado y validó los actos realizados durante el procedimiento.

Uno de los planteos de la defensa apuntó a anular el secuestro de la droga, al considerar que el allanamiento había sido ordenado por otra causa y que el hallazgo excedía el objeto inicial de la medida.

Sin embargo, el juzgado rechazó ese planteo y aplicó el criterio conocido como “plain view” o hallazgo casual. Esa doctrina permite secuestrar elementos vinculados a otro delito cuando aparecen de manera incidental durante un procedimiento legalmente autorizado.

Los análisis posteriores confirmaron que la sustancia incautada era clorhidrato de cocaína. Además, del examen realizado al celular de Campos surgió actividad compatible con la comercialización de estupefacientes.

Con esos elementos, y tras dos meses de investigación, la fiscalía y la defensa acordaron una pena de 4 años de prisión efectiva, que finalmente fue homologada por la justicia federal.

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