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Fondo de Asistencia Laboral: cómo funcionará el nuevo sistema de indemnizaciones
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo creado por la reforma laboral.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las principales herramientas incorporadas en la reforma laboral aprobada a comienzos de este año.
La medida fue oficializada mediante una serie de decretos publicados en el Boletín Oficial y establece las reglas para la conformación de fondos destinados a cubrir indemnizaciones y otras obligaciones laborales.
El nuevo régimen alcanzará a los empleadores del sector privado y comenzará a implementarse a partir del 1 de noviembre, despejando así las dudas sobre su fecha de entrada en vigencia.
Según la normativa, cada empleador deberá constituir una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Allí se depositarán los aportes destinados a cubrir eventuales indemnizaciones por desvinculaciones laborales.
El sistema únicamente abarcará a trabajadores debidamente registrados y que cuenten con al menos doce meses de antigüedad al momento de la finalización del vínculo laboral.
Cómo funcionará el nuevo esquema
Si una empresa no informa el identificador dentro del plazo establecido, la CNV podrá asignar de oficio una entidad administradora para garantizar la continuidad del régimen.
Además, los aportes realizados serán deducibles del Impuesto a las Ganancias y permitirán reducir en igual proporción determinadas contribuciones patronales.
Pago de indemnizaciones
Cuando se produzca una desvinculación laboral alcanzada por el sistema, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica informando la situación.
Luego, la entidad administradora verificará los datos del trabajador y realizará la transferencia de los fondos directamente a la cuenta bancaria declarada, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
La reglamentación aclara que la responsabilidad por el cálculo de la indemnización seguirá siendo exclusivamente del empleador.
Fondos, inversiones y controles
Los recursos del FAL deberán invertirse únicamente en instrumentos financieros y valores negociados dentro de Argentina. Además, la comisión total que podrán cobrar las entidades administradoras no podrá superar el 1% anual de los activos administrados.
La norma también incorpora mecanismos de portabilidad para trasladar los fondos entre distintas entidades habilitadas y establece procedimientos específicos para casos de reorganización empresarial, transferencia de establecimientos o cesión de personal.
Multas para quienes incumplan
El decreto prevé sanciones para los empleadores que no realicen los aportes correspondientes. En esos casos, ARCA podrá aplicar multas e iniciar procesos de ejecución fiscal para reclamar los montos adeudados.
Asimismo, se dispuso que las cuentas vinculadas al FAL estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios y que toda la información intercambiada entre organismos públicos y entidades administradoras deberá resguardarse bajo estrictos criterios de confidencialidad.
Fuente: A24
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