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Imputan a Mercado Libre por publicidad engañosa

La empresa emitió un descargo donde se desentendió de lo que sucede en su plataforma.

Mercado Libre quedó en el ojo de Defensa del Consumidor. Esta vez, por presunta publicidad engañosa. Se imputó a la plataforma por publicitar productos con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés, cuando en realidad tenían un precio mayor que con el pago al contado.

La empresa emitió un descargo donde se desentendió de lo que sucede en su plataforma, atribuyuéndole indirectamente la responsabilidad a quienes hacen la oferta. En respuesta a la acusación formulada por Defensa del Consumidor, Mercado Libre deja en claro que no se hace cargo de lo que las empresas o personas venden en la plataforma digital e-commerce.

Defensa del consumidor no respondió al descargo aún, pero desde el organismo explicaron que Mercado Libre es un intermediario y por ende, dentro de la ley de defensa del consumidor se lo considera un servicio. Esto implica que la empresa debe rendir cuentas y es responsable solidario de lo que los proveedores puedan llegar a ofrecer y a comercializar mediante la plataforma.

En abril, el organismo público, a través del estudio de 16 casos diferentes, detectó que muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor, pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor.

La fiscalización fue realizada en los meses de febrero y marzo de 2022, donde se encontraron publicaciones en Mercado Libre en las que se observaban ofertas destacadas con mensajes y expresiones como “descubrí un universo de descuentos hasta 40 por ciento – hasta 12 cuotas sin interés” o “hasta 50 por ciento off y 12 cuotas sin interés”, entre otras. Induciendo, de esta manera, a las y los consumidores a aprovechar un beneficio en realidad inexistente.

En el caso de que efectivamente se acrediten las conductas advertidas, se aplicarán las multas establecidas en la normativa vigente, que pueden alcanzar los 5.000.000 de pesos.

Fuente: Página 12

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