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Provincia le aplicaría a Mercado Libre multas millonarias: el motivo
Sería por una decena de cláusulas en contratos de adhesión que, según las autoridades bonaerenses, violan la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.
El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires, a través de su Dirección Provincial de Defensa de las y los Consumidores, inició una actuación de oficio contra la empresa MercadoLibre S.R.L. por presuntas cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión. La medida tuvo lugar en el marco de una fiscalización de oficio realizada sobre los instrumentos contractuales publicados en el sitio oficial de la empresa, en los que se identificaron más de diez cláusulas con presuntas infracciones a la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor y normativa complementaria.
El análisis abarcó las condiciones generales de uso del “ecosistema MELI”, así como los términos y condiciones de préstamos personales y los términos y condiciones de préstamo para compras y pagos de Mercado Pago. La fiscalización provincial fue iniciada de oficio, independientemente de la eventual existencia de denuncias individuales. Según la cartera, Mercado Libre es la empresa con más reclamos en la Provincia: 2396 denuncias individuales sólo en los primeros cuatro meses del año.
Se reportó que la autoridad de aplicación constató que diversas cláusulas de los contratos presentarían abusividad en términos del artículo 37 de la Ley de Defensa del Consumidor, al consagrar un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio de las y los consumidores.
La empresa tiene la posibilidad de formular una propuesta de adecuación, modificación o supresión de las cláusulas observadas y en tal caso, el expediente culminaría. De lo contrario, la empresa puede ser sancionada con una multa de hasta $1.815.000.000 (mil ochocientos quince millones de pesos). Ahora la empresa tiene un plazo de cinco (5) días hábiles e improrrogables para presentar su descargo por escrito y acreditar personería y domicilio electrónico y físico en la ciudad de La Plata.
Los ítems observados son sobre indeterminación en el cobro de tarifas, aceptación tácita de modificaciones contractuales, traslado de responsabilidad por uso no autorizado de cuenta, compensación entre cuentas, cláusula de indemnidad a favor del proveedor, exoneración de responsabilidad por fallas técnicas, débito sobre cuentas de terceros ajenos al contrato, caducidad automática de plazos por incumplimiento futuro indeterminado, exención de responsabilidad de manera anticipada y fijación de jurisdicción exclusiva en perjuicio del consumidor.
Fuente: El Día
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