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se publicará en el boletín oficial

El Presidente firmó el decreto para convertir los planes sociales en empleo registrado

Uno de los objetivos principales es que los distintos programas se transformen en “mecanismos que incentiven la incorporación al trabajo asalariado” formal.

El presidente Alberto Fernández firmó este lunes el Decreto 711/2021 para convertir los planes sociales en empleo genuino y registrado en el sector privado, el cual será publicado en las próximas horas en el Boletín Oficial.

Uno de los objetivos principales del Gobierno nacional es que “los distintos programas de empleo, inclusión laboral y desarrollo socio-productivos destinados a personas desempleadas o con trabajos precarizados se transformen en mecanismos que incentiven la incorporación de estos trabajadores al empleo asalariado registrado, o a otros modos de desarrollo de actividad productiva ajustados a las formalidades tanto registrales como tributarias”, indica el escrito en sus considerandos.

Para cumplir este objetivo se requerirán modificaciones en el Programa de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo local “Potenciar Trabajo” y del Programa de Inserción Laboral creado por el Ministerio de Trabajo.

El Decreto dispone a los Ministerios de Desarrollo Social y de Trabajo a realizar modificaciones en sus programas de formación, empleo e intermediación laboral, con el objetivo de convertir las diferentes prestaciones de asistencia a personas desempleadas o con trabajos precarizados en “incentivos para la contratación de sus beneficiarios bajo la forma de empleo asalariado registrado en el sector privado”.

La prestación se considerará “parte integrante del salario respectivo en forma total o parcial, en la forma, plazo y condiciones que se determinen para cada sector de actividad”.

Producida la discontinuidad del contrato de trabajo, las personas beneficiarias tendrán la posibilidad de volver a percibir la asistencia que establece el Programa, si el número de cotizaciones al sistema de Seguridad Social no supera los 12 meses dentro de los dos años anteriores al cese del contrato laboral.

Fuente: Télam

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