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Ordenan suspender el aumento de tarifas eléctricas en Bahía y el resto del interior bonaerense
El juez Agustín López Cóppola del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca falló tras una solicitud de medida cautelar de la Defensoría del Pueblo.
El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Cóppola, ordenó suspender el aumento del componente provincial de las tarifas eléctricas que rige desde el 1 de septiembre y retrotraer los valores al cuadro tarifario correspondiente al mes anterior.
El juez atendió la medida cautelar impulsada por la Defensoría del Pueblo de la Provincia y alcanza a la empresa distribuidora EDES (que presta el servicio en Bahía Blanca), y otras tres del resto del territorio del interior bonaerense.
La Defensoría sostuvo que la Provincia modificó los costos propios de distribución sin una nueva instancia de información y participación de los usuarios. El juez consideró, en esta etapa cautelar, que existe fundamento suficiente para cuestionar ese procedimiento.
López Cóppola tomó el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre tarifas y señaló que "en materia tarifaria la participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida. De acuerdo con lo desarrollado precedentemente es imperativo constitucional garantizar la participación ciudadana en instancias públicas de discusión y debate susceptibles de ser ponderadas por la autoridad de aplicación al momento de la fijación del precio del servicio”.
La Provincia se defendió diciendo que no hacía falta otra audiencia. El Gobierno bonaerense argumentó que se trataba de actualizaciones dentro de una “Etapa de Transición Tarifaria” y que los criterios habían sido sometidos a audiencias públicas realizadas en 2016, en Olavarría y La Plata.
“El prolongado período transcurrido desde la última instancia de participación de los usuarios se opone -prima facie- a las pautas jurisprudenciales mencionadas”, señaló el juez y rechazó los argumentos de la Provincia, por lo que no se podrán aumentar las tarifas hasta que se realice una nueva audiencia pública.
Así, el juez decidió “hacer lugar a la medida cautelar requerida y, en consecuencia, suspender la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos restableciendo el cuadro tarifario anterior”.
En ese sentido ordenó “hasta tanto se dicte sentencia definitiva, no aplicar el cuadro tarifario establecido por la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos -y/o próximos que se dicten sin la debida participación previa de los usuarios- en relación a los componentes provinciales".
El Defensor del Pueblo, Guido Lorenzino, dijo en una gacetilla sobre la decisión judicial que "las empresas distribuidoras no pueden trasladar aumentos a las familias sin cumplir con la obligación legal de informar y debatir".
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