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Por la causa AMIA, harán el primer juicio en ausencia de la historia judicial argentina
Diez ciudadanos iraníes y libaneses están procesados y prófugos desde 2006.
El juez federal Daniel Rafecas resolvió este jueves que se aplique el juicio oral en ausencia para los 10 acusados de haber planificado y ordenado el atentado terrorista a la AMIA, ocurrido en julio de 1994 y que mató a 85 personas. Fuentes judiciales informaron que el magistrado aceptó el pedido del titular de la UFI AMIA, Sebastián Basso, para que a los acusados -iraníes y libaneses que están prófugos de la justicia argentina desde 2006-, se les aplique el juicio en ausencia, que fue aprobado este año por el Congreso de la Nación.
Los 10 acusados son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Tienen alerta roja de Interpol y pedido de captura internacional desde 2006 pero nunca fueron detenidos. Irán, el país de la mayoría de los imputados, no extradita a sus ciudadanos y cuando viajan por el mundo no son detenidos por razones geopolíticas o porque las alertas no se activan. Muchos son actualmente funcionarios del gobierno de Irán y otros lo fueron cuando ocurrió el atentado.
Esta es la primera vez que se aplica el juicio en ausencia en la historia argentina. Pero el envío de la causa a juicio oral no es inmediato. Las partes tienen tres días hábiles para apelar el fallo -la defensa oficial y algunas querellas se opusieron al juicio en ausencia- y que sea revisado por la Cámara Federal y la Fiscalía debe pedir los procesamientos de los 10 acusados para que así queden en condiciones jurídicas de pasar a juicio oral.
El juicio en ausencia se legisló este año en una reforma que aprobó el Congreso Nacional al Código Procesal Penal a instancias de un proyecto del gobierno de Javier Milei. Esa figura permite juzgar en el país a acusados de delitos graves que no estén en el territorio. La norma se aplica para los delitos contemplados en el Estatuto de Roma, como los de terrorismo y de lesa humanidad, y en los casos donde los acusados estén prófugos de la causa hace cuatro meses, como los imputados del caso AMIA.
Con información de Infobae
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