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A cuánto quedó el valor de las multas luego de la baja en el precio de las naftas

Rigen después de ser publicado por el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires actualizó el monto de la unidad fija (UF) para las multas por infracciones de tránsito, medida que va de la mano con la suba del precio de la nafta.

La decisión fue confirmada por la resolución Nº 6 a través de la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense, en una resolución con fecha de este miércoles 7 de mayo.

En el escrito de la norma se explica que al momento de las multas, "cada sanción se encuentra expresada en "UF's" (unidades fijas equivalentes a 1 (un) litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino sede Ciudad de La Plata) y en el referido Anexo se determina además el rango mínimo y máximo de UF's a aplicar a cada infracción.

Bimestralmente la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial (actual Subsecretaría de Política y Seguridad Vial) publicará en su página Web el valor vigente de cada UF".

Entre los fundamentos se detalla "que, el Automóvil Club Argentino, sede ciudad de La Plata, ha fijado el valor actual del litro de nafta de mayor octanaje en la suma de 1416 pesos.

Nuevos valores de las multas en Buenos Aires

A continuación, se detallan los nuevos rangos de valores para algunas de las infracciones de tránsito más comunes en la provincia de Buenos Aires, calculados con base en la Unidad Fija actualizada a $1416:

  • Exceso de velocidad: Las sanciones por superar los límites de velocidad establecidos varían entre 150 y 1000 Unidades Fijas, lo que se traduce en un rango de precios de $212.400 a $1.416.000. La magnitud de la multa dependerá del grado de exceso de velocidad y de la normativa específica infringida.
  • Conducir con exceso de alcohol en sangre o bajo los efectos de estupefacientes: Esta infracción grave conlleva sanciones que oscilan entre 200 y 1000 Unidades Fijas, resultando en multas de $283.200 a $1.416.000. Además de la sanción económica, esta conducta puede acarrear la suspensión o inhabilitación de la licencia de conducir.
  • Conducir sin seguro obligatorio: Circular sin el seguro de responsabilidad civil obligatorio implica una multa de entre 50 y 100 Unidades Fijas, lo que equivale a un rango de $70.800 a $141.600. La obligatoriedad del seguro busca garantizar la cobertura de daños a terceros en caso de un siniestro vial.
  • Circular en contramano o por la banquina: Estas maniobras peligrosas son sancionadas con multas de entre 200 y 1000 Unidades Fijas, es decir, de $283.200 a $1.416.000. Estas acciones incrementan significativamente el riesgo de accidentes de tránsito.
  • Mal estacionamiento: Las infracciones por estacionamiento indebido tienen una sanción de entre 50 y 100 Unidades Fijas, lo que se traduce en multas de $70.800 a $141.600. Las normativas de estacionamiento buscan garantizar la fluidez del tránsito y la seguridad vial.
  • Pasar un semáforo en rojo: Esta falta grave es sancionada con multas que van desde 100 hasta 300 Unidades Fijas, es decir, entre $141.600 y $424.800. El respeto a la señalización semafórica es fundamental para evitar colisiones en las intersecciones.
  • No utilizar el cinturón de seguridad: La omisión del uso del cinturón de seguridad, tanto por el conductor como por los pasajeros, conlleva multas de entre 100 y 300 Unidades Fijas, lo que equivale a un rango de $141.600 a $424.800. El cinturón de seguridad es un elemento crucial para la protección en caso de accidente.
  • Conducir sin patente: Circular sin la placa de identificación del vehículo o con la patente adulterada es sancionado con multas de entre 50 y 100 Unidades Fijas, es decir, de $70.800 a $141.600. La patente permite la identificación del vehículo y su titular.
  • Negarse a mostrar la documentación exigida: La negativa a presentar la documentación requerida por la autoridad de tránsito implica una multa de entre 100 y 200 Unidades Fijas, lo que se traduce en un rango de $141.600 a $283.200. Es obligación del conductor portar y exhibir la documentación del vehículo y su licencia de conducir cuando sea requerida.

Fuente: LB24 / El Día / Crónica.

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