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La Suprema Corte revocó el fallo de Violini e instó a darle intervención a las víctimas

Fue por voto unánime y criterio unificado. La apelación la había emitido el procurador general Julio Conte Grand.

La Suprema Corte de Justicia bonaerense revocó este lunes el habeas corpus colectivo que había dictado el 8 de abril pasado el juez Victor Violini en el Tribunal de Casación y dispuso que la situación de cada detenido sea “reencauzada” para que sea el juez competente quien lo analice, teniendo en cuenta el tipo de delito que cometió y la situación de la víctima.

Los jueces Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres tomaron la decisión “con voto unánime y criterio unificado”.

La Corte deja claro en su resolución que tanto fiscales como jueces tienen que tener en cuenta a las víctimas antes de dictar una resolución. De todas maneras, señaló que la provincia aún debe adherirse a la Ley Nacional de Víctimas, votada en el 2017 en el Congreso.

De esta manera, invita a los legisladores a bajar esa ley para que pueda ser aplicada por los magistrados.

La Corte dijo que los jueces deben tener en cuenta la situación de la pandemia desatada por el coronavirus y que deben incluir en su evaluación los bienes jurídicos afectados, las condiciones personales del procesado o condenado, qué intervención tuvo el preso en el delito, el modo en que fue cometido -incluido por qué medios- y las relaciones que tenía con las víctimas; también, el nivel de organización con el que el delito fue perpetrado, la expectativa de pena que podrá recibir o la que ya fue establecida, el grado de avance del proceso y los riesgos procesales. Asimismo deberá considerar la situación de la víctima y si vive cerca del procesado o condenado, y analizar si hay lugares especialmente destinados en las cárceles para alojar a personas con riesgo sanitario agravado.

Estableció, a su vez, que debe asignarse prioridad al trámite de los pedidos de quienes integran los grupos de riesgo y que deben ser resueltos con la mayor celeridad posible y con participación de las partes.

La Corte provincial afirmó que la clasificación de delitos leves y graves empleada por el juez Victor Violini para otorgar arrestos domiciliarios debe ser revisada porque "persigue algo inmediato y masivo que interfiere contra el necesario actuar de los jueces competentes" y dijo que "debe respetarse el cauce institucional".

Los jueces dijeron que Violini desoyó una directiva de la Corte, que estableció que es "atribución de los jueces competentes evaluar y discernir" lo que corresponde en cada caso.

La Corte dijo que los beneficios ya concedidos que no estén firmes deberán ser revisados por los jueces con estas pautas.

El tribunal también recordó la vigencia de la prohibición de alojamiento en las seccionales policiales de personas enfermas, menores de edad y mujeres embarazadas o con hijos menores de 5 años.

(Fuentes: Infobae, La Nación y LB24)

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