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se dijo en la brújula 24

Para el defensor oficial Pazos Crocitto, “las medidas deben ser razonables”

El defensor oficial José Ignacio Pazos Crocitto se expresó esta mañana en LA BRÚJULA 24 con respecto a una serie de las medidas (para muchos consideradas autoritarias) que mundialmente se están tomando, afectando las libertades de las personas.

En el medio, tal como ocurre en Argentina, el Estado que asegura no ser dictador y esgrime su determinación de cuidar a la población, a la luz de lo que ha ocurrido –y aún ocurre– en distintos países, donde las vidas perdidas se cuentan diariamente por decenas.

“Se ha creado una nueva cultura situacional. Lo primero que podemos señalar es que con respecto a la constitucionalidad de la medida del decreto presidencial, fue avalada por la Cámara Federal de Apelaciones”, enfatizó Pazos Crocitto, en su charla con el periodista Germán Sasso.

Y resaltó que “lo primero que se dijo el 20 de marzo es que estaba en crisis el artículo 14 de la Constitución Nacional por la necesidad sanitaria. Este tipo de medidas solo tienen una herramienta y no es solo el decreto de necesidad y urgencia”.

“Desgraciadamente tenemos un derecho que nos guste o no tenemos que obedecerlo. La única herramienta que tiene es el Estado de Sitio que sino me equivoco desde 1983 se tomó como medida tres veces: con Alfonsín, Menem y De la Rúa”, enfatizó el defensor oficial, en otro segmento de la entrevista radial.

“El Congreso tiene que sesionar. El Poder Judicial no otorga permisos al Senado, lo que hace es actuar después de que ocurrieron las cosas”.

Y sentó una clara postura con relación a la dinámica de las definiciones en medio de la pandemia: “El problema que tenemos es que recurrimos siempre a las normas para tratar de controlar socialmente. En estos casos, mucha gente se transforma en inspector municipal, delata a gente que abre. Esto es bastante desagradable y esto debería ser analizado por un sociólogo”.

“Estamos en el orden de 4 mil causas por la desobediencia sanitaria que estipula el artículo 205 del Código Penal, el cual es un número enorme. Creo que todos ellos se encaminan a una amnistía general porque no hay sistema que aguante. Lo propio ocurre con el secuestro de vehículos. Esto, igualmente no lo van a confirmar ahora”, mencionó enfáticamente Pazos Crocitto.

También criticó la postura de una parte de la sociedad: “Mucha gente se convirtió en delatora urbana cuando se les abrió una causa. Esto ocurre por dos razones: que la persona puede no entender la norma o bien que quien la aplica, lo haga mal”.

“Ha habido situaciones de exceso, también tengo el caso de un abogado que fue a cargar nafta, aparece un patrullero, exhibe sus tres permisos, intercambiaron palabras y terminó en el Destacamento de Villa Harding Green. Al otro día apareció una causa por resistencia a la autoridad, cuando él mismo se trasladó a sede policial”, detalló sobre un hecho puntual ocurrido en Bahía Blanca.

En ese mismo sentido, disparó una detracción: “El problema está en los operadores de calle. Se da una suerte de dualidad, hay gente que entiende o no les importa comprender las reglas. Una cosa son las normas y otra es el protocolo de actuación. La competencia sanitaria solo la tiene el Ministerio de Salud, no le corresponde a ninguna otra área”.

“Un municipio no puede imponer estados de sitio ú obligaciones de transitar con barbijo. Esto tiene que estar avalado por el Ministerio de Salud. Las medidas deben ser razonables y proporcionales. Por ejemplo, me parece ridículo que impidan que tres personas de un mismo entorno no pueda trasladarse en el mismo vehículo, salvo que se busque reactivar el trabajo de taxis o remiseros, si es así, que lo digan”, analizó el defensor oficial.

Por último, Pazos Crocitto analizó la medida tomada por Rodríguez Larreta con los adultos mayores que desde ayer deben avisar antes de salir de casa: “Con los que tienen más de 70 años se coloca a un sector social con una discriminación paternalista. El Estado no puede sancionar de ese modo. No pueden tomarse medidas sobre un sector solamente, no pueden diferenciarse por fuera de la regulación. Por eso, el juez contencioso lo declaró inconstitucional”. 

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