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Bolsos con droga flotando en la ría: confirman pena de 10 años contra uno de los condenados

Casación rechazó el recurso de la defensa. La investigación se inició tras el hallazgo de un cargamento ilegal de cocaína en el canal de acceso al puerto de Bahía Blanca.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este lunes la condena a 10 años de prisión contra un hombre acusado de intentar sacar del país 196,36 kilos de cocaína a través del Puerto de Bahía Blanca. La Sala IV rechazó el recurso presentado por la defensa y dejó firme la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal local por tentativa de contrabando agravado de estupefacientes.

El condenado es Aureliano Villalba Cabrera, quien fue considerado partícipe primario de la maniobra. Según el fallo, aportó los medios logísticos necesarios para ejecutar el intento de exportación de la sustancia, que tenía como destino su comercialización en el exterior.

La investigación se inició en junio de 2022, cuando la Prefectura Naval Argentina halló a la deriva en el canal de acceso al puerto el semirrígido “ALI LAFKEN II”, sin tripulación. En los días siguientes comenzaron a aparecer bolsos herméticos con panes rectangulares de cocaína que llevaban la inscripción “PATRÓN”, tanto en distintos sectores de la ría como en una playa cercana a la Base de Infantería de Marina Baterías.

Las pericias químicas determinaron que el cargamento totalizaba 196,36 kilos de clorhidrato de cocaína, con una pureza cercana al 80%. A partir del análisis de cámaras de seguridad, registros de navegación GPS y movimientos vehiculares, los investigadores reconstruyeron que la embarcación había sido trasladada en tráiler desde Florencio Varela hasta Bahía Blanca con el objetivo de ingresar a la ría y transferir la droga a un buque de ultramar.

El 12 de mayo de 2025, el Tribunal Oral Federal bahiense condenó a Villalba Cabrera por tentativa de contrabando agravado, al considerar acreditado que la sustancia estaba destinada inequívocamente a la comercialización y que en el hecho intervinieron tres o más personas. Los fundamentos del fallo se dieron a conocer el 19 de mayo de ese año.

Los jueces entendieron que el imputado era el propietario real tanto del semirrígido como de la camioneta Ford Ranger utilizada para su traslado hasta la zona portuaria. También valoraron que la embarcación presentaba modificaciones compatibles con el transporte de carga pesada y sistemas de izado preparados para transferir bultos a buques de mayor porte en aguas profundas. Además, registraba cortes en los pontones, interpretados como parte de un abandono deliberado para encubrir la maniobra.

La sentencia también ponderó que el acusado había obtenido su licencia de timonel pocas semanas antes del hecho junto a otros implicados, lo que fue considerado un elemento que daba cuenta de la planificación de la operación. Con el rechazo del recurso de casación, la condena quedó firme.

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