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Cuáles son los plazos estimados para la quita de subsidios

El Gobierno anticipó que no habrá aumentos masivos en agosto y que el proceso demorará tres meses. Otras fuentes oficiales aseguran que serán informados luego de la apertura del registro.

El jueves pasado, a través de un decreto, el Gobierno informó que se abriría un registro para que los usuarios de los servicios de gas y electricidad, con ingresos menores a los $350.000 por grupo familiar, puedan inscribirse y solicitar mantener los subsidios a la energía. La página donde se podrá hacer el trámite ya está disponible en la web, pero aún no está habilitada para las inscripciones.

Aunque en un principio se había indicado que la web comenzaría a funcionar esta semana, fuentes oficiales consultadas aseguraron que el registro estará habilitado “en breve”, sin otras precisiones. En tanto, los plazos para realizar la inscripción y para la implementación de la segmentación serán informados una vez que se abra el registro.

En su conferencia de prensa habitual, la portavoz presidencial Gabriela Cerruti descartó un aumento generalizado en las próximas facturas de agosto. “Hasta tanto no se implemente la segmentación de tarifas, van a seguir las tarifas que están vigentes ahora. Se está trabajando en la implementación y la inscripción va a ser un procedimiento muy sencillo a través de Mi Argentina. Una vez que se hagan los cruces correspondientes se va a implementar la nueva segmentación”, dijo Cerruti.

Y luego, consultada por el plazo que demandará todo el proceso, señaló que será de alrededor de tres meses entre el anuncio y la implementación.

Desde las empresas del sector aseguraron que aún no recibieron comunicación oficial sobre cómo y a partir de cuándo se deberá implementar el nuevo esquema de tarifas segmentadas y de quita gradual de subsidios. “Están a la espera de la publicación de las resoluciones para actuar conforme a los que diga la autoridad de aplicación”, explicó una fuente cercana a las compañías.

Sin otras precisiones, estiman que en el caso de la energía eléctrica el proceso seguiría estos pasos: el usuario se registra, el ente regulador informa a cada distribuidora, la Secretaría de Energía sanciona los precios para cada categoría, la distribuidora factura de acuerdo a las categorías de los usuarios y luego le informa a la empresa mayorista de energía eléctrica la cantidad de usuarios y consumos según las categorías para que les cobre por la energía.

Pero, además, advierten que la segmentación no se puede implementar hasta que no estén publicados los cuadros tarifarios correspondientes. De esta forma, se demora la idea oficial de que la segmentación esté vigente desde junio y que luego la quita de subsidios sea gradual en un período de seis meses (dividido en tres tramos bimestrales) y que los usuarios de más ingresos paguen la tarifa plena en diciembre.

“Es una gran incógnita. Hasta que no estén publicados los cuadros tarifarios. No vemos que haya ningún paso dado hacia la concreción efectiva de este proceso de segmentación”, agregaron.

Para realizar la segmentación de los subsidios, se definieron tres grupos de usuarios, según sus niveles de ingreso.

¿Cuáles son las principales dudas entre los usuarios que deberán realizar el trámite?

– ¿Quiénes tienen que inscribirse en el registro?

Todos los usuarios que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares deben inscribirse. Esto incluye a jubilados, inquilinos, pensionados y beneficiarios de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo. El trámite aun no está habilitado pero se va a poder realizar online en www.argentina.gob.ar/subsidios o en las oficinas de la Anses en forma presencial. Los interesados deberán presentar una declaración jurada.

– ¿Cómo tienen que realizar el trámite los inquilinos?

En la inscripción tiene que indicar que no son los titulares del servicio. “Aunque no seas el propietario de tu domicilio, vas a recibir el subsidio como persona usuaria de los servicios”, se detalló en la web oficial.

Para poder otorgar el subsidio a los inquilinos, a través del decreto de segmentación, se creó la figura del “usuario residencial del servicio”. Es el caso del usuario que no coinciden con el titular registrado en las empresas distribuidoras, pero que utiliza efectivamente el servicio.

Desde las asociaciones de inquilinos plantearon algunas dudas: qué pasará con las construcciones que tiene un solo medidor porque no están declaradas, se va a requerir la presentación de un contrato de alquiler “en blanco” (muchos inquilinos no cuentan con contrato) y qué pasa cuando el inquilino cambia de domicilio.

Los inquilinos tienen que indicar que no son los titulares del servicio.

– ¿Qué pasará con los usuarios que ya tienen el beneficio por zona fría?

En agosto del año pasado, se reglamentó la Ley 27.637 que amplió el universo de beneficiarios del Régimen de Zona Fría (RZF), que alcanza a unos 4 millones de usuarios del servicio de gas en todo el país (se sumaron más de 60 localidades de 11 provincias). La norma reduce en cerca del 50% las tarifas para los beneficiarios de planes sociales (como AUH), jubilados de hasta 4 salarios mínimos, monotributistas sociales y empleados de casas particulares, entre otros. Para el resto de los usuarios, se estableció una reducción del 30%.

En el caso de que corresponda por el nivel de ingresos, los usuarios de estas zonas perderán los subsidios pero no el beneficio de la reducción por la zona fría, según trascendió. Sin embargo, no hubo confirmación de las fuentes oficiales.

– ¿Qué información se debe presentar para no perder el subsidio?

Hasta el momento, solo se especificó que los usuarios deben presentar una declaración jurada que estará disponible en formato digital. Y la información que se presente debe contemplar los ingresos y las propiedades de todo el grupo familiar, no solo del titular del servicio.

Desde las asociaciones de consumidores advirtieron que las declaraciones juradas no son una simple carga de datos, y que una información incorrecta pueden ser considerada como falsificación de documentos públicos. Estas declaraciones luego serán chequeadas con la información de distintos organismos del Estado.

“El registro es un acierto, aunque sea difícil de implementar. Tiene que cumplir dos condiciones. Uno, que la declaración jurada sea de efecto inmediato. Y dos, que esté operativo rápidamente, antes de que lleguen las facturas”, precisó Claudio Boada, director de la Unión de Usuarios y Consumidores. “En otros registros donde se presentan declaraciones juradas, luego se hace un informe ambiental, del grupo familiar. Una declaración jurada no es para tomar a broma”, advirtió.

“En cuanto a los datos a solicitar, muchos ya están incluidos en la propia letra de la resolución, tanto para los criterios de inclusión en el Nivel 2 (menores ingresos) como así también la inclusión de beneficiarios de programas sociales, que son los datos con los que el Estado ya cuenta. En determinados casos, el matiz se da en el límite entre el nivel de mayores ingresos y los sectores medios. No es lo mismo ser propietario de un inmueble en una zona geográfica cuyo metro cuadrado es más costoso, que tener una propiedad en una zona residencial más humilde. Allí también es importante poner el foco y no asimilar a familias de clase media y clase alta afectándolas en la misma proporción”, agregó Paula Soldi, directora del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis).

La página para ingresar en el registro aún no está disponible

– ¿Quiénes dejarán de recibir subsidios?

Los usuarios que declaren ingresos mensuales totales del hogar por un monto superior al equivalente a 3,5 canastas básicas tipo 2 según el Indec. O que cumplan con algunas de estas condiciones: tener tres o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, tres o más inmuebles, una embarcación o aeronave o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

– ¿El límite de ingresos que se toma para la quita de subsidios se modifica todos los meses?

El decreto que implementó la segmentación para los usuarios de los servicios de gas natural y de energía eléctrica prevé la quita de subsidios para los titulares cuyo grupo familiar declare ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2, según el INDEC. Ese número hoy equivale a $333.410. Sin embargo, en la web oficial, el Gobierno ya toma un valor actualizado y detalla que la quita de subsidios será para ingresos superiores a los $350.000.

La duda es si el monto a partir del cual se pierden los subsidios se comenzará luego a actualizar todos los meses, al ritmo de la medición mensual que realiza el Indec, y si los usuarios en caso de quedar por debajo de ese límite en algún momento del año podrán pedir nuevamente el subsidio.

“Se toma el parámetro del grupo familiar. Por un tema inflacionario, la gente hoy necesita dos o más trabajos. Un salario medio es de $100.000 o $120.000 lo que hace que el 60% de los usuarios queden en el límite del ingreso que se requiere para perder los subsidios”, señaló Osvaldo Bassano, de la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (Adduc).

Fuente: Infobae

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