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PRIMERA CUOTA DEL AÑO

Aguinaldo: cómo saber cuánto y cuándo se cobra

Preguntas y respuestas sobre el Sueldo Anual Complementario.

A fines de junio y en diciembre, los trabajadores en relación de dependencia deben cobrar la primera cuota del aguinaldo 2022, o Salario Anual Complementario (SAC), tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.

Qué es el aguinaldo

El sueldo anual complementario (SAC), conocido como aguinaldo, es la doceava parte (1/12) del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario y, de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo, se paga en dos cuotas. Cabe señalar que el medio aguinaldo 2022 no pagará Impuesto a las Ganancias. Esto tiene que ver con el reciente anuncio del Gobierno, que incluye la actualización del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, que, a partir del 1 de junio será de $ 280.792 -frente a los $ 225.000 actuales- y anticipó que el medio aguinaldo que trabajadores y trabajadoras perciban junto al sueldo de junio próximo no estará alcanzando por el tributo.

¿Y el aguinaldo para jubilados?

La Anses destacó que más de 7,4 millones de jubilados y pensionados comenzarán a cobrar el 1 de junio el aguinaldo, que se depositará en forma automática junto al haber del mes y que tendrá incorporado el aumento del 15% por la nueva Ley de Movilidad Previsional. De esta forma, una persona que percibe el haber mínimo en el mes de junio de 2022 cobrará $ 56.287, incluido el aguinaldo, mientras que los jubilados cuyos haberes sean equivalentes a dos haberes mínimos recibirá $ 112.574.

¿Cómo y cuándo se paga?

La primera cuota del aguinaldo vence el próximo 30 de junio y la segunda cuota del SAC se deberá depositar en diciembre. Sin embargo, la legislación admite una tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora en el pago.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El importe a abonar en el aguinaldo es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres, que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Cálculo del sueldo anual complementario

Calcular la mitad del mejor sueldo dentro del semestre; dividir ese monto por seis; multiplicar el resultado por los meses trabajados.

¿Qué conceptos se toman en cuenta?

Los trabajadores, deben tener en cuenta: las horas extras y comisiones se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas, a fines de calcular la mayor remuneración devengada; el rubro “A cuenta de futuros aumentos” también debe considerarse para calcular el SAC, ya que integra la remuneración mensual devengada; en el caso de las mujeres, la licencia por maternidad no debe ser incluida como parte del aguinaldo ya que la trabajadora no percibe su salario, sino un subsidio familiar. Por eso, solo hay que considerar únicamente los meses trabajados en el semestre antes o después de la licencia; las licencias sin goce de sueldo y beneficios sociales son conceptos excluidos del cálculo, ya que aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, son no remunerativos.

¿Es necesario trabajar seis meses para cobrar el aguinaldo?

Para acceder al cobro del aguinaldo no es necesario trabajar durante seis meses, ya que si durante el semestre (de enero a junio) una persona no trabajó todos los meses (ya sea porque comenzó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) deberá cobrar el proporcional a los meses trabajados. El sueldo anual complementario (SAC) es la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario y, de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo, se paga en dos cuotas. La primera vence el 30 de junio y, la segunda cuota del SAC, se deberá depositar en diciembre. Para el caso de las pequeñas empresas, la Ley 24.467 de 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del SAC siempre que no excedan de tres períodos en el año. Es decir, solamente las pequeñas empresas, y siempre que así lo establezcan los convenios colectivos, pueden dividir el aguinaldo en tres cuotas en lugar de dos.

Fuente: Agrofy

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