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El Gobierno podrá impedir ingreso y expulsar a extranjeros por mensajes de odio contra argentinos
La medida, dispuesta mediante DNU, también incorpora como causal migratoria los actos de ultraje contra los símbolos patrios. Quedan exceptuadas expresiones de crítica política, académica o ciudadana.
El Gobierno nacional modificó la Ley de Migraciones y habilitó la posibilidad de impedir el ingreso o disponer la expulsión de extranjeros que difundan mensajes de odio o inciten a la violencia contra los argentinos por su nacionalidad.
La medida quedó establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026, firmado por el presidente Javier Milei y publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La nueva normativa también alcanza a quienes realicen, participen o promuevan actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales.
Nuevas causas para rechazar el ingreso
El DNU incorporó un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley de Migraciones, donde se encuentran enumeradas las razones por las cuales una persona extranjera puede tener prohibida la entrada al país.
A partir de la modificación, podrá rechazarse el ingreso de quienes hayan dirigido mensajes de odio de manera oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto o contra alguno de sus ciudadanos por su nacionalidad.
La misma disposición se aplicará a las personas que hayan participado en agravios contra los símbolos patrios o alentado a cometer alguna de esas acciones.
También podrán cancelar residencias
El decreto incorporó esas conductas entre las causales para cancelar la residencia de extranjeros que ya se encuentren dentro del territorio nacional.
La decisión podrá derivar en una orden para abandonar el país dentro de un plazo determinado o en la expulsión, según las circunstancias personales y los hechos analizados en cada caso.
De esta manera, las modificaciones alcanzan tanto a las personas que intenten ingresar a la Argentina como a quienes ya cuenten con algún tipo de residencia.
La crítica política queda exceptuada
La normativa aclara que no podrán ser consideradas dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas que formen parte del ejercicio legítimo de los derechos constitucionales.
En los fundamentos, el Ejecutivo sostuvo que la disposición no afecta la libertad de expresión, sino que busca intervenir frente a mensajes que inciten al odio o a la violencia por razones de nacionalidad.
Los argumentos del Gobierno
El Gobierno aseguró que aumentaron los mensajes de hostilidad y menosprecio dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional.
También señaló que los símbolos patrios representan la soberanía, la historia y los valores del país, por lo que consideró necesario incorporar herramientas para actuar frente a eventuales agravios.
La medida se apoya además en la Ley Antidiscriminatoria, que contempla como discriminatorios los actos u omisiones motivados por la nacionalidad y establece sanciones para quienes alienten la persecución o el odio contra personas o grupos.
Cuándo comenzará a regir
El decreto entrará en vigencia el viernes 31 de julio, un día después de su publicación en el Boletín Oficial.
El Poder Ejecutivo deberá remitirlo a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que tendrá que analizar su validez y elevar un dictamen para que sea tratado por las cámaras de Diputados y Senadores.
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