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Anuncian cambios en la autorización para viajar al exterior con menores
Así lo informó la Dirección Nacional de Migraciones. La medida empezará a regir tras la publicación en el Boletín Oficial.
La Dirección Nacional de Migraciones anunció durante las últimas horas modificaciones al régimen de autorizaciones para que niñas, niños y adolescentes puedan salir del país. En este sentido, se implementó un nuevo sistema con incorporación de tecnología que permite un control más eficiente y seguro en los traslados internacionales de menores de edad. La medida apunta a modernizar los procedimientos, sin alterar los requisitos legales ya establecidos. Esto significa que el permiso va a tener que seguir tramitándose.
La autorización electrónica integrada al pasaporte es lo que se incorpora ahora. Esta novedad significa que el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) podrá incluir la autorización de viaje en el chip del pasaporte del menor, al momento de la emisión del permiso. Esto evita la necesidad de presentar documentos por separado en cada viaje y además busca prevenir falsificaciones.
Con esta innovación, el control queda exclusivamente a cargo de los funcionarios migratorios en los puestos fronterizos de salida de Argentina, sin necesidad de validación por parte de empresas de transporte. Esto va a permitir, aseguró el Gobierno, una mayor trazabilidad y seguridad. La autorización de viaje puede gestionarse en más de 100 dependencias de Migraciones en todo el país, lo que incluye delegaciones, oficinas migratorias y pasos fronterizos. La nueva disposición actualiza el formulario utilizado hasta ahora y se cambia por un formato más claro, digitalizable y compatible con la nueva modalidad electrónica.
Tres modalidades de gestión
En la actualidad, existen tres modalidades de tramitación: la opción normal, con un plazo de 10 días hábiles; la modalidad exprés, con una demora de 48 horas; y la alternativa "al instante", que se entrega en apenas dos horas. Las autorizaciones pueden ser emitidas para un único viaje; por un período de tiempo determinado; o hasta que el menor alcance la mayoría de edad. La normativa comenzará a regir a partir del 27 de mayo, es decir, 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial.
Qué se mantiene igual
Más allá de que se incorpora al Renaper, se conserva la posibilidad de gestionar la autorización ante escribanos públicos (con firma legalizada), jueces competentes, funcionarios consulares, autoridades del Registro Civil y de la Justicia de Paz, además de la Dirección Nacional de Migraciones.
También, siguen vigentes la necesidad de que ambos progenitores autoricen el viaje si el menor viaja solo, y el pago de la tasa correspondiente. Este permiso es obligatorio cuando el menor viaja solo, con sólo uno de sus progenitores o tutores, o si lo hace acompañado por un tercero. En los casos en que viaje con ambos padres, solo será necesario presentar la documentación que acredite el vínculo según informaron desde el Ministerio del Interior.
Con información de Clarín
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