se publica en boletín oficial
Avanza medida que permite a empresas acceder a dólares para producir más gas y petróleo
El presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Sergio Massa, firmaron el decreto que reglamenta el funcionamiento del nuevo régimen.
El presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete, Juan Manzur, y el ministro de Economía, Sergio Massa, firmaron el decreto 484/2022, que se publicará en el Boletín Oficial este martes, por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (Radpip) como también un esquema de promoción similar para el gas, informaron fuentes oficiales.
Tanto el régimen de promoción del petróleo como el referido al gas habían sido creados por el decreto 277/22, que estableció “un nuevo marco normativo apropiado para que las productoras de hidrocarburos cuenten con reglas de acceso a divisas necesarias para impulsar la inversión en el sector”, aunque faltaba su reglamentación, que se resolvió con el decreto 484.
Condiciones y a quiénes beneficia
Según el artículo 1° de la nueva normativa, los beneficiarios del acceso a divisas para incrementar la producción podrán presentarse junto a posibles terceros asociados que cumplan con los recaudos del decreto, entre ellos acreditar un vínculo contractual con la beneficiaria “de al menos 12 meses, con una inversión mínima efectivizada de U$S 50 millones”.
Quienes queden encuadrados en el flamante régimen de disponibilidad de divisas para incrementar la producción de petróleo y gas “podrán solicitar el reconocimiento de los beneficios correspondientes a partir del tercer trimestre de 2022, previo cumplimiento de los requisitos y dentro de los plazos que establezca la Secretaría de Energía”, añade el decreto 484 en su artículo 2.
Para cumplir ese paso, “deberán solicitarlo dentro del plazo perentorio de 15 días hábiles y posteriores a la finalización de cada trimestre”, en una gestión que incluirá medidas complementarias de la Secretaría de Energía y de la AFIP.
Una vez aceptada la solicitud, “la Secretaría de Energía expedirá un certificado que será notificado por nota a las beneficiarias o beneficiarios, a la AFIP y al BCRA”.
Fuente: LB24 / Minuto Uno.
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