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Villarino: ordenan sumario interno para saber por qué inhumaron a Astudillo sin el certificado
Lo dispuso el intendente Bevilacqua tras la revelación de La Brújula 24. Hasta hoy, el joven fallecido está enterrado sin identificación legal.
Luego de la investigación publicada ayer por este medio, sobre un nuevo escándalo en la Causa Astudillo Castro, el intendente de Villarino ordenó un sumario interno para establecer responsabilidades legales al momento de la inhumación de los restos del joven en el cementerio municipal de Pedro Luro.
Es que la “desaparición” del certificado de defunción, del chico ahogado en la ría, en manos de la perito de la querella Virginia Creimer no solo generó revuelo puertas adentro de tribunales, sino que provocó que el jefe comunal Carlos Bevilacqua ordenara un sumario administrativo para conocer detalles y determinar el responsable de que se inhumaran los restos de Facundo Astudillo Castro sin que se presentara el correspondiente certificado de muerte.
De comprobarse lo que a todas luces parece que sucedió, la asesoría legal del Municipio haría la denuncia para que sea la Justicia la que evalúe responsabilidades penales.

“Es probable que, con una causa mediática y tan potente en 2020, el por entonces encargado del cementerio no le haya exigido en el momento el certificado de defunción a la familia o a quien estuvo cargo del servicio de sepelio. Probablemente tuvo temor de que lo acusaran de querer poner trabas en el entierro, ya que en esa época uno de los apuntados por la querella era la gente del Municipio. Es posible que por eso no hayan exigido el documento legal que se exige antes de enterrar a un cadáver”, resumió una fuente consultada por este diario.
Ayer la publicación de La Brújula 24 tuvo gran rebote mediático a nivel nacional. Es que no es para menos: a seis años de su muerte, Astudillo figura vivo en los registros oficiales, ya que nunca fue notificado el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
Cabe recordar que en las últimas horas, el juez federal Walter López Da Silva le pidió a los fiscales capitalinos Horacio Azzolín y Alberto Gentile, y a la pampeana Iara Silvestre, que “arbitren los medios necesarios para esclarecer con premura lo acontecido” con el certificado de defunción que se esfumó. El trío, hasta el día de hoy, ignoró olímpicamente el pedido demostrando nulas intenciones de investigar.

El revuelo comenzó, justamente por un pedido de la propia fiscal Silvestre, que le requirió al magistrado que libre oficio al RENAPER a fin de que -6 años después- se formalice y se inscriba el fallecimiento de Astudillo.
Al parecer, el mes pasado desde el cementerio de Pedro Luro le exigieron a Cristina Castro, madre de Facundo, que presentara el certificado de defunción para poder emitir la “licencia de inhumación”, que había quedado pendiente de entrega desde el día del entierro. Caso contrario, deberían remover los restos por no tener la identificación legal.
Silvestre admitió en un escrito judicial que realizó una consulta para conocer lo sucedido y que desde el Cuerpo Médico Forense le confirmaron que “el certificado de defunción –único e irreproducible y del que dicho Cuerpo no resguarda copia alguna– fue emitido al único efecto de ser presentado ante el Registro Nacional de las Personas y que, en este caso puntual, una vez confeccionado y suscripto por los profesionales del organismo, fue entregado el día 03/09/2020 a la perito de parte, Dra. Emma Virginia Creimer”.
La información coincide con lo que ya constaba en la causa hace más de un lustro: el 2 de septiembre de 2020, la entonces jueza a cargo de la causa María Gabriela Marrón autorizó –a pedido de la querella– a que el cuerpo de Astudillo y el certificado de defunción le fuera entregado a la médica Virginia Creimer.

Rechazo
Aplicando estricto sentido común, el juez López Da Silva respondió al pedido de los fiscales que pretendían “salvar” la situación protagonizada por Creimer y sostuvo que no podía ordenar una medida ya dispuesta por su antecesora: “Comunicar la defunción de Astudillo Castro ahora, a partir de las conclusiones de la autopsia, sería intentar subsanar judicialmente la existencia de un documento público que fue oportunamente emitido. Observo que existió una orden emanada de un juez hace casi 6 años atrás que no fue cumplida, que se expidió el certificado de defunción pertinente, que no fue acompañado en el expediente y que ahora se pretende reemplazarlo comunicando las conclusiones de una autopsia, que ese certificado habría sido retirado por quien asistió a la parte querellante en calidad de perito aportando sus conocimientos técnicos, la misma parte que ahora requiere que judicialmente se subsane la situación”.
Probablemente el magistrado no quiera “quedar pegado” con la brasa caliente que le tiraron los fiscales. Es que enmendar tal grosería -o delito- en un expediente, embarrado desde sus orígenes, sería más que arriesgado.
Denegado
La fiscal Silvestre apeló a la Cámara Federal la negativa de López Da Silva e insistió desesperadamente con que se proceda a “corregir” la ausencia del certificado de defunción y se realice la correspondiente inscripción del fallecimiento de Facundo en el RENAPER.
El Juez defendió ante su alzada la negativa y señaló: “El Ministerio Público Fiscal entendió que no correspondería indagar en las circunstancias en las que se emitió y entregó el certificado de defunción labrado luego de la autopsia, sino enmendar la falta de correspondencia existente entre los registros oficiales que consignan a Astudillo Castro con vida, cuando se ha acreditado en autos su fallecimiento. La emisión del certificado de defunción como la inscripción del fallecimiento de Astudillo Castro fueron oportunamente ordenadas por la magistrada interviniente. Señalé que dicha decisión aún mantiene plena vigencia y que al día de la fecha no fue dejada sin efecto ni modificada. En consecuencia, entendí que la pretensión recursiva no se dirigía a revertir una situación jurídica novedosa generada por la resolución cuestionada, sino a obtener el dictado de una nueva medida respecto de una cuestión que ya fue objeto de decisión judicial previa y cuya materialización permanece pendiente”.

De esta manera, López Da Silva dejó expuestos a los fiscales que pretenden que se emita una copia del “certificado de defunción” sin más, cuando en realidad debieran investigar qué pasó con el original y mínimamente llamarla a Creimer para que dé explicaciones. Pero evidentemente no quieren levantar polvareda.
Son los mismos fiscales, que al día de hoy sostienen la “desaparición forzada”, y nunca investigaron al peritrucho Herrero por plantarles pruebas en sus narices. Ahora tampoco les interesan las maniobras de Creimer, que sí está bajo la lupa del fiscal Santiago Ulpiano Martínez por el show en el destacamento donde dijo haber encontrado una “piedra de Facundo” en tándem con Herrero.
En las últimas horas, Cámara de Apelaciones rechazó el pedido del MPF y avaló al magistrado señalando que la orden emanada por Marrón hace 6 años está plenamente vigente -y pendiente- y que no corresponde de ninguna manera que sea sustituida por una nueva medida judicial. Y remarcaron que el certificado de defunción le fue entregado a Virginia Creimer y que hay que ahondar por allí.
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