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este viernes

Club Argentino: se renueva en forma parcial la comisión directiva

Se invita a los socios a concurrir de 16 a 21 horas a la sede social de Colón 67.

Siguiendo lo establecido en el artículo 41 de los Estatutos Sociales, se convoca a los socios de Club Argentino a participar de la renovación parcial de la Comisión Directiva. El encuentro tendrá lugar en su sede social, este lunes 4 de Diciembre de 2023, desde las 16 horas y hasta las 21.

Se procederá a la renovación parcial de autoridades a saber:

-Vicepresidente 1º, por dos años, por el Dr. Pablo Alejandro Candisano Mera

-Prosecretario, por dos años, por el Sr. Pablo Esteban Larriera

-Secretario de Actas, por dos años, por el Sra. María Adela Burgos

-Protesorero, por dos años, por el Sr. Manuel Balcarcel

-Vocal Titular 2º, por dos años, por el Sr. Horacio Galo Levantesi

-Vocal Titular 4º, por dos años, por el Sr. Juan Antonio Gabiola

-Vocal Suplente 2º, por dos años, por el Sr. Pedro Ricardo Gortari

-Vocal Suplente 4º, por dos años, por el Sr. Sebastián Manuel Marchese

También se renovará a un miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas:

-Titular, por un año, por renuncia de Sr. Gustavo D’Angelo.

De acuerdo con los Estatutos Sociales en vigencia, la Comisión Directiva convoca a los señores asociados a Asamblea General Ordinaria en su sede social, sita en Avda. Colón 67, el 4 de Diciembre de 2023, a las 21 Hs. para tratar el siguiente orden del día:

1º) Designación de dos (2) Socios presentes para firmar el Acta.

2º) Aprobación de gestión, acto eleccionario y proclamación de candidatos electos.

3º) Consideración de la Memoria, Inventario, Balance General 2022, Cuadro de Resultados e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.

4º) Considerar y resolver sobre el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el corriente año.

5º) Fijación del importe correspondiente a la cuota de Socio Patrimonial.

6°) Apelación del Dr. Juan Francisco Mandolesi.

Art. 73: Las Asambleas sesionarán válidamente en primera convocatoria con la presencia de la mayoría absoluta de los asociados hábiles para constituirla, y en segunda convocatoria automáticamente una hora después de la señalada, con los asociados presentes cualquiera sea su número, siempre que no sea inferior al de los miembros titulares de la Comisión Directiva, excluidos estos para su cómputo. Tendrán derecho al voto, en las asambleas, los socios que no hayan incurrido, con respecto al pago de sus cuotas, en la mora del Art. 79 (Inc. b).

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