se había prorrogado
Vence el plazo para recategorización en el Monotributo
Los períodos de recategorización son en enero y julio. Para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
El plazo para llevar a cabo la recategorización en el Monotributo vence a la medianoche de este jueves, según la prórroga otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que extendió la fecha límite que originalmente cerraba el 20 de julio pasado.
Esta recategorización corresponde al primer semestre del año y es un procedimiento que los contribuyentes del Monotributo deben realizar en enero y julio. Para determinar si corresponde cambiar de categoría, se deben tener en cuenta los ingresos obtenidos o algunos otros parámetros utilizados, como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica, en los últimos 12 meses.
El monto correspondiente a la nueva categoría seleccionada deberá abonarse el mes siguiente a la recategorización.
La AFIP dejó en claro que para realizar este trámite, los contribuyentes deben ingresar al sitio web del organismo utilizando su clave fiscal. Si no se efectúa la recategorización, se considerará que no ha habido cambios y se mantendrá la misma categoría.
Es importante tener en cuenta que si han pasado menos de seis meses desde la inscripción en el Monotributo, no es necesario llevar a cabo la recategorización en este período.
Con información de Télam
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