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Promulgan la ley de reforma del monotributo: mirá los nuevos valores

Quedó firme el nuevo esquema y este contempla la actualización para las escalas y montos de 2020.

afip

El Gobierno promulgó la ley 27.618 que reforma el Régimen de Monotributo, actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al denominado Régimen General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A través del decreto 253/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que promulga la ley sancionada el 8 de abril último en el Senado quedó firme el nuevo esquema. Este contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que ya comienzan a regir.

Los nuevos valores que comienzan a regir hoy son los siguientes:

Categoría A, cuyo monto facturado anual mínimo pasa de $ 208.000 a $282.445,08. En tanto, el monto mensual a abonar sube de $ 1.955,68 a $ 2.646,23 ya sea para los que se dediquen a los servicios como a la venta de bienes.

Categoría B: La facturación mínima: $423.667,61, y el monto mensual a abonar pasa de $2.186,80 a $2.958,96 para servicios y bienes.

Para la categoría C, el tope de ingresos pasa de $ 417.478,51 a $564.890,17; y el monto mensual a abonar sube de $ 2.499,91 a $ 3.382,63 para servicios y de $ 2.457,65 a $ 3.325,45 para bienes.

La facturación mínima de la categoría D pasa de $ 626.217,78 a $ 847.335,28; mientras que las cuotas para servicios pasan de $ 2.947,94 a $ 3.894,72 y para bienes de $ 2.878,37 a $ 3.988,56.

El tope mínimo para la ganancia bruta de la categoría E se eleva de $ 834.957 a $ 1.129.780,32, y los pagos mensuales ascienden de $ 3.872,18 a $ 5.239,45 en servicios, y de $ 3.482,04 a $ 4.711,55 en bienes.

Las cifras de la categoría F, en el caso de la facturación pasaron de $ 1.043.696,27 a $1.412.225,42, y la mensualidad a abonar para servicios aumentó de $ 4.634,89 a $ 6.271,47 en servicios, y de $ 4.003,69 a $ 5.417,39 en bienes.

Para la categoría G, el mínimo de ingresos se modificó de $ 1.252.435,53 a $ 1.694.670,52 en tanto que las cuotas ascienden de $ 5.406,02 a $ 7.314,89 en servicios y de $ 4.558,61 a $ 6.168,26 en bienes.

En el caso de la categoría H, lo facturado anual mínimo crece de $ 1.739.493,79 a $ 2.353.709,05; mientras que el total a pagar por mes cambia de $ 9.451,93 a $ 12.789,41 en servicios, y de $ 7.886,41 a $ 10.671,10 en bienes.

En la categoría I, escala a partir de la cual sólo pueden estar quienes ofrecen bienes, la facturación mínima sube de $ 2.043.905,21 a $ 2.765.608,14, y las cuotas de $ 11.336,71 a $ 15.339,70.

Para la categoría J, el máximo de ingresos pasa de $ 2.348.316,62 a $ 3.177.272,39, y la cuota mensual se incrementa de $ 13.019,83 a $ 17.615,83.

Por último, para la categoría K, la ganancia bruta máxima de $ 2.609.240,69 asciende a $ 3.530.563,58, y la cuota mensual de $ 14.716,41 sube a $ 19.912,77.

Fuente: Télam

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