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Empleadas de casas particulares: cuándo deben cobrar el aguinaldo

Hay una fecha límite establecida por ley para recibir la primera mitad del sueldo anual complementario.

Todas las trabajadoras de casas particulares, mensuales o por hora que están en relación de dependencia deberán cobrar en este mes de junio la primera mitad del sueldo anual complementario, conocido como aguinaldo. Por parte de los empleadores, suelen aparecer varias dudas sobre cuál es el monto que corresponde abonar, cómo se calcula y hasta en qué fecha se puede pagar, publicó Clarín.

El Sueldo Anual Complementario se divide en dos pagos: un medio aguinaldo en junio y el otro en diciembre. Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres. Según la Ley 26.844, la fecha tope para pagar la primera cuota del aguinaldo es la última jornada laboral del mes de junio.

Cómo se calcula

Se debe abonar un monto equivalente a la mitad de la mejor remuneración bruta mensual del semestre. Es decir, se toma en cuenta lo cobrado entre enero y junio, inclusive. Si la empleada no trabajó los seis meses completos, se deberá abonar un proporcional: se toman los días trabajados (corridos) y se los divide por los 180 días del semestre.

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