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Zona Fría: Diputados inicia el análisis del proyecto para reducir tarifas de gas
La iniciativa busca beneficiar a los vecinos de Bahía Blanca y la región, con rebajas de hasta un 50% en las facturas. Habrá una reunión informativa de comisiones.

La Comisión de Energía y Combustibles de la Cámara de Diputados convocó para este lunes a una reunión informativa conjunta de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, en la que se comenzará a tratar el proyecto de zonas frías, que busca bajar los costos del servicio del gas en regiones del país que padecen bajas temperatura.
En caso de que el proyecto avance, con dictamen el miércoles, tratamiento en el recinto el jueves y luego giro al Senado, se verán beneficiados los vecinos de los 22 distritos de la Sexta sección.
El proyecto fue presentado por diputados nacionales del Frente de Todos, Consenso Federal y Unidad Federal para el Desarrollo, que establece rebajas del 30 y el 50% en las facturas de gas que pagan usuarios residenciales de distintas localidades del país con temperaturas frías, equiparando así con el esquema de subsidios y tarifas diferenciales que ya tiene la región patagónica.
La iniciativa favorecerá a más de 3 millones de personas, comprendiendo localidades de las provincias de Mendoza, San Juan, San Luis, Salta y más de cincuenta municipios de la provincia de Buenos Aires, entre los que aparece Bahía Blanca y la región.
Los mayores descuentos alcanzarían a
Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo
Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil
Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social
Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles
Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en tres veces el Salario Mínimo Vital y Móvil
Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo
Electrodependientes, beneficiarios de la Ley Nº 27.351
Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad
Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844)
Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza
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