cuentas en dólares
El Banco Central dio un paso clave para facilitar la competencia de monedas
Las cuentas en moneda extranjera tendrán el mismo tratamiento que las denominadas en pesos.
El Banco Central (BCRA) dio el primer paso formal hacia el bimonetarismo o la competencia de monedas, objetivo al que apunta la gestión Milei. Lo hizo al igualar, mediante la aprobación de la Comunicación “A” 8027, las condiciones que los bancos deben cumplir para abrirle a un cliente una caja de ahorro en moneda extranjera con las que ya estaban establecidas para la apertura de cajas de ahorro en pesos.
La norma en cuestión recientemente publicada dispone que para la apertura y el funcionamiento de la caja de ahorros en moneda extranjera “serán de aplicación las disposiciones relativas a la caja de ahorros en pesos” contenidas en las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”.
Deroga así la Comunicación “A” 7105, de mediados de septiembre del 2020, que había establecido que “con carácter previo a la apertura de una caja de ahorros en moneda extranjera –excepto que se solicite para acreditar transferencias que provengan del exterior– las entidades financieras deberán obtener evidencia de la que surja que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera”.
Además, excluía de esa posibilidad a cualquier persona que sea beneficiario “de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social –incluyendo los subsidios de carácter alimentario–”, lo que no fue escollo para que, como mostraron auditorías oficiales y mantiene bajo investigación la Justicia, algunos de ellos incluso hayan logrado acceso al mercado cambiario local para concretar compras del cupo del denominado “dólar ahorro” por largo tiempo.
La referencia actual a las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” antes mencionada alude a la reglamentación que determina que la apertura de una caja de ahorros en cualquier entidad regulada del sistema financiero local “no podrá estar condicionada a la adquisición de ningún otro producto y/o servicio financiero ni integrar ningún paquete multiproducto”.
Fuente: La Nación
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