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¿pacto de silencio?

El juez decidió que el debate no sea público

El magistrado Gabriel Giugliani no permitió que la prensa tenga acceso al juicio que tiene a Ricardo Pera en el banquillo. “Esto es una cuestión constitucional, podría derivar en la nulidad del proceso”, dijo el Defensor Oficial Pazos Croccitto.

Lo que parecía un “trámite” se volvió un verdadero escándalo. A saber, hoy la Justicia ordenó la detención del titular de la UTA, Ricardo Pera, minutos antes de que inicie el debate oral en su contra, por una causa en la que está acusado por agredir a dos concejales en el 2015.

Pero eso no fue todo. En una decisión que dista de toda normalidad, el juez Gabriel Giuliani censuró el trabajo de la prensa y no dejó a ningún periodista presenciar el proceso. Tampoco arbitró los medios para que se pueda acceder al contenido del juicio.

Los protagonistas, por su parte, tampoco quisieron hablar. “Solo quieren un ‘titulito'”, dijo Gustavo Mandará ante la consulta del móvil de La Brújula 24.

Al respecto, el Defensor Oficial José Ignacio Pazos Croccitto fue claro y, en diálogo con este medio, aclaró que “el Código Procesal de la provincia tiene como una regla la publicidad de los actos, se habla de ello como una regla fundamental de todo juicio. Lo repite incluso en varios artículos, es una norma recurrente, sobre todo cuando se habla de carácter de las actuaciones”.

“Pero también es una cuestión constitucional. Desde 1994, cuando se introdujo el Artículo 75, Inciso 22, que incorpora dos pactos que así lo establecen. El más claro es el que se conoce como Pacto San José de Costa Rica, el cual dispone que las audiencias en los tribunales son públicas”, aseveró el especialista.

Además, sostuvo que “es el único artículo en el tratado que habla de la prensa, y al hacerlo manifiesta que la prensa y el público podrán ser excluidos por consideraciones morales o de seguridad nacional. Es decir, es restringida la opción por la que los pueden excluir, no por una mera consideración del juez”.

“Y además los pueden excluir cuando la materia que se litiga es el interés de menores de edad. Son los únicos casos. Esto quiere decir que fuera de estos, resulta obligatorio aceptar a la prensa”, apuntó Pazos Crocitto.

Por último, recordó que “la Comisión Europea de Derechos Humanos habla de la publicidad, no de la prensa. Pero más allá de eso, se entiende que el público general no va a las audiencias de juicio oral y la manera que tienen es mediatizándola a partir de la prensa. Si no dejan entrar a la prensa, ese proceso deja de ser público”.

Y consultado sobre la posibilidad de que pueda pedirse la nulidad del juicio, dijo que “podría algún interesado considerar que si no ha estado uno de los actores del proceso, que es el de la publicidad hacia terceros, existiría una mácula que habría que analizar, porque hay un sujeto que no puede constatar lo que está pasando”.

Piden 2 años de prisión en suspenso

El Fiscal Marcelo Romero Jardín solicitó para Ricardo Pera, la pena de 2 años de prisión en suspenso por ser la primera condena, fijar domicilio, someterse a las normas del Patronato de Liberados y hacerse cargo de las costas del proceso. En tanto, su defensor, el Dr Sebastián Martínez solicitó la absolución.

📌 El Juzgado Correccional N° 1 dará a conocer la sentencia, el día martes 29 a las 12 hs.

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