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se dijo en la brújula 24

Qué prevé la ley para un menor de 12 años que delinque

La Dra. Milena Menichelli, defensora oficial juvenil, explicó qué alternativas hay ante esas situaciones. Esta madrugada, un chico de 12 años apuñaló a otro de 17.

Foto ilustrativa

La Dra. Milena Menichelli, quien se desempeña como defensora oficial del Fuero Penal Juvenil de Bahía Blanca, conversó con La Brújula 24 sobre el alcance que tiene la ley para un menor de 12 años que delinque. La conversación se dio luego del grave hecho ocurrido esta madrugada en la zona céntrica cuando un chico apuñaló a un adolescente de 17 años, pero la funcionaria se refirió a generalidades y no a este caso puntual, donde no le corresponde intervenir. Durante su alocución Menichelli diferenció entre las dos posibilidades que se abren para situaciones donde un menor comete algún delito y, atento a su edad, no es punible.

Esta tarde la jueza Claudia Olivera, responsable del Juzgado de Garantías del Joven N° 1 no hizo lugar al pedido de la Fiscal del Menor para restringir la libertad ambulatoria del menor acusado y ordenó seguir con la intervención de los organismos de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Los Niños, al tiempo que dispuso que se mantenga su estadía en un hogar de abrigo del macrocentro.

“En casos donde el hecho no tiene gravedad, el chico es sobreseído y se cierra la causa. Si el juez ve alguna vulnerabilidad en alguno de sus derechos, ahí le da intervención al Servicio Local. Si le aplica una medida de seguridad (se le restringe la libertad) porque la gravedad del caso así lo amerita, formalmente no es una pena, porque es inimputable. Se la aplica con un objetivo terapéutico o tutelar. Pero cuando se cumple ese objetivo, se tiene que dictar el cese de esa medida. Esas son las diferencias entre las medidas de seguridad y las penas”, explicó Menichelli a “Nunca es tarde”.

“Si se dicta una medida de seguridad, en ese período se le van a hacer al menor una serie de estudios psiquiátricos, psicológicos, toxicológicos, socioambientales. Hay un equipo técnico que trabaja con esos chicos en ese centro en el que se encuentran detenidos, cumpliendo la medida de seguridad, se hace un diagnóstico y desde allí pasa a ser derivado al Servicio Local. Con eso quiero decir que, en estos casos, la intervención penal, es provisoria y no hay un proceso penal”, agregó. En esos casos, amplió, “no va a haber juicio ni sentencia”.

Respecto de un lugar donde el menor pueda ser alojado para cumplir con una medida restrictiva, Menichelli detalló que Bahía Blanca cuenta con el Centro de Recepción, que es como una Alcaidía donde los chicos están cinco días para la realización de una serie de evaluaciones o permanecer allí más tiempo para estudios más exhaustivos, pero la ciudad carece de centro de contención luego del cierre del Valentín Vergara en 2013.

“Quedaría derivado en algún otro centro de la provincia hasta que se defina si tiene que hacer algún tratamiento toxicológico. Con ese resultado, el juez dicta el cese de la medida porque ya se cumplió con el objetivo y deriva el caso al Servicio Local para que siga trabajando con el chico pero fuera del ámbito penal. Puede tomar medidas el Servicio Local que luego pueden ser ratificadas por el Juzgado de Familia que intervenga”, manifestó.

Teniendo en cuenta la complejidad de casos de menores que delinquen, la profesional consideró que sería oportuno “fortalecer el Servicio de Promoción y Protección de los Derechos del Niño”. “Generalmente los chicos que delinquen vienen de familias disfuncionales donde sufren maltrato físico o son familias que delinquen, naturalizan el delito y terminan expulsando al chico a la calle. Yo diría como defensora o cualquier ciudadano que lo ideal es tener un Servicio Social fuerte que pueda intervenir en este previamente en estas familias. No deberíamos dejar que todo siga como está y después esperarlos con el Código Penal y que terminen su vida en una cárcel común”, indicó.

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