WhatsApp de Publicidad
Seguinos

Presentado por senadoras kirchneristas

Proyecto de ley busca limitar al periodismo en causas por corrupción

Anularía la prisión preventiva de los acusados si los medios afectan la percepción sobre su inocencia.

Ya se encuentra en el Congreso Nacional un proyecto de ley firmado por cinco senadoras muy cercanas a Cristina Kirchner, el cual propone un “control de convencionalidad” para las prisiones preventivas, que establece su anulación cuando el imputado se crea comprendido en una serie de supuestos, entre los cuales está la difusión en los medios de las acusaciones en su contra. Así lo publica hoy el diario Clarín.

Además, el medio porteño asegura que la futura ley (de tratarse y aprobarse) sólo beneficiaría a los acusados por corrupción, y no a los miles de presos sin condena que revientan las cárceles.

El texto advierte que “será declarada nula toda resolución judicial que ordene la detención o prisión preventiva” de las personas que no hayan estado sujetas al control del cumplimiento de los estándares establecidos por la Convención Interamericana de los Derechos Humanos.

La polémica surge en un punto en particular del proyecto, el cual indica que toda detención de un sospechoso por corrupción podrá anularse ante la invocación de factores muy difíciles de medir, con un plazo de 72 horas para que opinen el fiscal y las querellas, y otras 24 para resolver.

Según Clarín, el ejemplo más peligroso, y directamente alarmante para la libertad de expresión- es el primer motivo de nulidad que proponen las senadoras kirchneristas: “la publicación de contenidos por parte de uno o más medios de comunicación masiva que pudieran haber afectado la percepción pública respecto del principio de inocencia sobre el afectado por la resolución”. Es decir: si los periodistas informan sobre una causa de corrupción y un juez le dicta al acusado la prisión preventiva -aún bajo las estrictas condiciones que rigen hoy- esa persona puede exigir que lo liberen.

También podrán exigir la nulidad de las preventivas quienes crean que hubo una “deficiente implementación de las garantías procesales que regulan la intervención de un testigo protegido o de un arrepentido”, y los que sospechen sobre “deficiencias en el respeto a las garantías del juez natural por razones de intromisión en la asignación de competencias, de designaciones o direccionamiento en los sorteos de jueces”.

Otras causales extra jurisdiccionales de “nulidad” de las preventivas son: la “intromisión de funcionarios del Poder Ejecutivo en el desarrollo de las actuaciones”, o cuando esos funcionarios “ejercieran conductas o dieran expresiones en público aptas para afectar la independencia de los jueces o la autonomía de los fiscales”; y la “intromisión de representantes de corporaciones profesionales en el desarrollo de las actuaciones o cuando ejercieran actos o dieran expresiones aptas para afectar” esa independencia. Los colegios de abogados, por ejemplo, tendrían vedada la palabra.

Los acusados por corrupción podrían reclamar por “la inobservancia de las normas procesales con fines de persecución política”. Otra construcción difícil de probar.

Además de la limitación al trabajo de la prensa, el proyecto también desafía claramente a la Constitución al menos en otro punto: niega la posibilidad de apelar las resoluciones que hagan lugar a las nulidades de las preventivas. En cambio, si el juez rechaza los pedidos de los acusados, esa resolución sí podrá ser apelada, y deberá resolverse con la velocidad de un habeas corpus. En cuestión de días, hasta dar con el juez indicado, ningún acusado por corrupción quedará preso nunca.

Las autoras son las senadoras kirchneristas María Eugenia Catalfamo, Ana María Ianni, Nancy González, Ana Claudia Almirón y María Pilatti Vergara. Salvo la puntana Catalfamo, las otras cuatro, integraban el bloque cristinista antes de la unificación con el PJ.

Según trascendió, en el interbloque oficialista no se habló hasta ahora de la iniciativa. Tampoco hay indicación para tratar el proyecto.

Lo más leído