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La AFIP hizo un cambio con impacto en cuentas bancarias y billeteras digitales

El organismo modificó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y plataformas de gestión electrónica deben reportar las transacciones, saldos y consumos.

Foto ilustrativa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital deben reportar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que administran. Esta medida forma parte de un esfuerzo por simplificar los procesos en beneficio de los contribuyentes mediante la implementación de mecanismos que mejoren los regímenes de información. La modificación se alinea con el objetivo de hacer más eficiente y transparente la comunicación de datos financieros.

Con las nuevas disposiciones, los montos mínimos para la obligación de informar sobre acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas se elevan de $200.000 a $700.000. Asimismo, los consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales ahora deben informarse a partir de $400.000, en lugar de los $120.000 anteriores.

Además, se incrementaron los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que regula el régimen de información para aquellos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP). En estos casos, los ingresos o egresos totales deberán informarse a partir de $400.000, elevando el umbral desde los $120.000 anteriores, y los saldos mensuales de las cuentas se informarán a partir de $700.000 en lugar de los $200.000 previos.

Con información de Ámbito

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