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Deberán pagar otro impuesto quienes compren autos o motos: a partir de qué monto

El decreto dispone que la AFIP realizará una actualización trimestral del gravamen a partir de un reporte del Indec.

El gobierno incrementó 91,28% los montos sujetos a la aplicación de impuestos internos a automotores y motos. La medida se instrumentó luego que la devaluación del dólar oficial dejara a la mayoría de las unidades alcanzadas por el tributo.

Pasarán a estar gravadas con una tasa del 20% las operaciones cuyo precio de venta, sin considerar otros impuestos y opcionales, sea a partir de ahora de $ 19.826.151 o más (antes $ 10.364.902) y con un 35% en el caso de un precio (con las mismas salvedades que el caso anterior) de $ 36.602.126 o más (antes $ 19.135.205).

En el caso de las motos, se gravarán con un 20% las operaciones cuyo precio de venta -sin considerar otros impuestos y opcionales- sea igual o superior a $ 5.324.463, y con un 35% las de $ 6.826.234 o más.

El decreto especifica que la AFIP actualizará trimestralmente los montos a partir de abril, considerando la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) de cada rubro que suministre el Indec.

Este impuesto era hasta ahora aplicado sólo a vehículos de alta gama.

Con información de Télam

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