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La Justicia rechazó dos amparos que pedían derogar todo el DNU de Milei

Es la primera resolución judicial sobre el megadecreto emitido por el nuevo gobierno.

La Justicia rechazó este martes los primeros amparos que se presentaron para declarar inconstitucional todo el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que emitió Javier Milei y que contempla modificaciones y reformas en diversas áreas.

La decisión tomada por el juez en lo Contencioso Administrativo Enrique Lavié Pico es la primera resolución judicial sobre el megadecreto. Sin embargo, el magistrado no se pronuncia respecto de la constitucionalidad o no del DNU, una materia que deberá dirimir la Corte Suprema.

Con la decisión de Lavié Pico de rechazar los dos amparos el DNU de Milei sigue vigente, salvo en el apartado laboral donde la CGT consiguió una cautelar.

Lavié Pico se pronunció sobre dos casos, el que presentó el abogado Jorge Rizzo y el de la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad.

En sus fundamentos, el juez sostuvo que no había un perjuicio concreto en los demandantes y, por otro lado, que el DNU está cumpliendo el procedimiento constitucional de revisión en el Congreso de la Nación.

“No hay causa cuando se procura satisfacer un interés meramente especulativo de la actora o cuando la pretensión intentada se encamina hacia la declaración general y directa de inconstitucionalidad de las normas o actos de los otros poderes; ni, por ende, existe facultad alguna en cabeza del Poder Judicial de la Nación que lo autorice, en tales circunstancias, a formular dichas declaraciones”, resolvió Lavié Pico.

También argumentó que el caso “no cumplió con la carga de poner en evidencia, de manera circunstanciada, la ilegalidad y arbitrariedad que invoca como fundamento de su pretensión”.

Fuente: Clarín

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