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un caso emblemático

Caso Lucio: confirman perpetuas y agravan la condena de la madre

Un Tribunal superior de La Pampa le sumó a Magdalena Espósito Valenti la acusación de abuso sexual gravemente ultrajante.

Fotos de archivo

El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó las condenas a prisión perpetua para Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez por el homicidio de Lucio Abel Dupuy y, a su vez, le agregó a la madre del niño de 5 años el delito de abuso sexual. Además, agravó la calificación legal de ese delito al sumarle la figura de gravemente ultrajante. La Sala A aceptó todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas.

En el juicio se halló culpable a Espósito Valenti, madre del nene, de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; y a Páez de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico; agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente. El fallo se conoció el 17 de febrero de este año.

La pareja y la madre de Lucio Dupuy fueron condenadas a prisión perpetua en febrero de este año. En las últimas horas se supo que la justicia de La Pampa confirmó las sentencias y agravó la acusación en el caso de la progenitora del nene.

El Tribunal había absuelto a Espósito Valenti de la acusación de abuso sexual agravado por aplicación del artículo 6 del Código Procesal Penal de La Pampa; es decir, por el beneficio de la duda. Ahora, el TIP imputó a la madre por homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización, con acceso carnal vía anal con un objeto fálico; agravado por haber sido cometido por la ascendiente, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado.

En el caso de Páez mantuvo la misma calificación, con el agregado del abuso gravemente ultrajante.

Respecto del recurso de José Mario Aguerrido, abogado del padre de Lucio, Christian Dupuy, el TIP le dio la razón al sumarle el abuso sexual a la madre; pero le denegó el “odio de género” como agravante por entender que los testimonios de las psicólogas en el debate fueron muy claros al respecto.

El aberrante hecho que derivó en una ley

En abril pasado, el Senado de la Nación aprobó la Ley Lucio, que surgió para darle mayor protección a los niños contra el maltrato infantil. La normativa se redactó a partir del caso del nene de 5 años que fue torturado hasta morir por su madre y la pareja de ésta.

Ramón, abuelo de Lucio y otros familiares presentes en el recinto al momento de la votación, no pudieron evitar la emoción. En diálogo con La Brújula 24, Ramón Dupuy reflexionó que la normativa “es un logro de todos”.

El proyecto establece tres nuevas herramientas que refuerzan la Ley 26.061 de “Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”: capacitación obligatoria para los agentes del Estado que trabajan en relación a la niñez, reserva de identidad y campañas de concientización en medios de comunicación y redes sociales.

Con información de Infobae / La Brújula 24

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