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El Gobierno redujo las indemnizaciones por invalidez y muerte

La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial. La justificación del Gobierno es que se debe a los "incrementos desmedidos" de esos resarcimientos.

Cambios en las indemnizaciones laborales por accidentes o muertes.

Este lunes, además de oficializar una semana después la prórroga de la emergencia alimentaria, el Gobierno nacional redujo mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial las indemnizaciones por invalidez resultantes de accidentes de trabajo. Esta cláusula alcanza las indeminizaciones por fallecimiento de un trabajador.

La decisión se toma a menos de una semana del brutal accidente ocurrido en Ezeiza en la que murió un obrero en la construcción del aeropuerto.

"Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado", indica el decreto 669 firmado por el presidente de la Nación, Mauricio Macri.

El Gobierno justificó esta decisión en que "resulta necesario asegurar la continuidad de las condiciones de sostenibilidad del Sistema de Riesgos del Trabajo, propiciando la protección de los asegurados y trabajadores mediante un sistema financieramente viable", lo que equivale a decir que es necesario reducirle los costos a las ART.

El documento agrega que "el mantenimiento del esquema actual provocaría un inminente desfinanciamiento del sistema con impacto en la solvencia de las Aseguradoras y, en definitiva, en los trabajadores, beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social. (…) Los incrementos desmedidos de las potenciales indemnizaciones como consecuencia de la aplicación de la tasa activa (…) son perjudiciales para la necesaria solvencia del sistema", argumenta el oficialismo.

Hasta el momento, el índice que se tomaba en cuenta para actualizar la indemnización hasta el momento del cobro era el de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.

El RIPTE del año 2018 fue de 27,72 por ciento, en tanto que la tasa activa del Banco Nación fue del 40,63 por ciento.

Otro punto a tener en cuenta es que, según aclara el documento, esta medida tendrá efecto inmediato y retroactivo, por lo que afectará a todas las indemnizaciones de este tipo que se hayan otorgado en los últimos meses.

El decreto completo, a continuación:

Decreto 669/2019 DNU-2019-669-APN-PTE - Ley N° 24.557. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-84575440-APN- -GA#SSN, la Leyes Nros. 24.557, sus modificaciones y 27.348 y la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN N° 41.155 del 6 de diciembre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Sistema de Riesgos del Trabajo establecido por la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, es parte sustancial del Sistema de la Seguridad Social.

Que en el año 2017, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE FINANZAS del entonces MINISTERIO DE FINANZAS dictó la Resolución N° 41.155 –E/17, a través de la cual impulsó el pago de indemnizaciones por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, permitiendo que estas utilicen reservas técnicas para la celebración de acuerdos conciliatorios y aumentando la exigencia económica en materia de constitución de reservas para pasivos judiciales en los estados contables de las mismas Aseguradoras.

Que de tal manera, se elevó el monto mínimo de reserva por juicio, fijando una actualización periódica para que el transcurso del tiempo no afecte la relación entre ese pasivo constituido y la realidad económica imperante a lo largo del tiempo.

Fuente: Diario Popular

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