Como era de esperar, la “doctrina Lopes” no sirvió como antecedente para anular las escuchas telefónicas en la causa en la se investigan distintas estafas y defraudaciones cometidas por grupo de personas acusadas de formar una asociación ilícita.
Según pudo saber LABRÚJULA24.com, la Cámara de Apelaciones y Garantías rechazó el planteo de la defensa de los imputados y ratificó la validez de las intervenciones telefónicas que son el pilar de la evidencia contra los imputados.
La semana pasada, efectivos de la Policía Federal y de la Gendarmería realizaron -bajo el mando del fiscal Sebastián Foglia- distintos allanamientos, pudiéndose concretar tres de las seis detenciones que habían sido ordenadas.
El jueves cayeron el ex policía de la DDI Daniel Mile y los gestores Enrique Alberto Uzal y Marcelo José Lezica. En tanto, el lunes se entregó Juan Carlos Destro. Todavía permanecen prófugos Julio Enrique Cano y Oscar Oberti.
Rápido de reflejos, el abogado Juan José Martínez -defensor de Milé y Destro- solicitó ante la Cámara de Apelaciones que se trate el pedido de nulidad de las escuchas telefónicas que dieron origen a la causa y que son un sólido elemento de cargo contra los imputados.
Basándose en la resolución que favoreció al ex intendente Rodolfo Lopes -cuando se lo sobreseyó al declararse ilegales las escuchas-, el veterano abogado Martínez peticionó ante los camaristas que la causa contra sus defendidos sea anulada, ya que se había iniciado de manera similar a la del destituido jefe comunal.
“En doctrina de la Casación provincial en causa ‘Lopes, Rodolfo s/ recurso de queja’ se señala que ‘se observo además que los autos por lo que se dispusieron las intervenciones telefónicas de líneas pertenecientes a terceros no legitimados en el proceso carecen de la mínima fundamentación requerible a este tipo de pronunciamientos”, señaló Martínez, en uno de los párrafos de su escrito.
Pero -pese a la similitud en el inicio de las investigaciones - la Cámara rechazó el planteo defensista, convalidó las escuchas ordenadas por la jueza Cacinelli y ahora, los acusados de integrar la asociación ilícita seguirán procesados.
“Es increíble, las escuchas telefónicas realizadas en la causa contra el ex intendente Lopes fueron anuladas por violar derechos esenciales y la Constitución. Ahora, ese mismo tipo de intervenciones sirven y son consideradas válidas en la causa contra los estafadores”, manifestó a LABRÚJULA24.com un allegado a los abogados defensores.
En tanto, un funcionario judicial reflexionó al respecto: “hay algo que no cierra, las escuchas en todos los casos fueron autorizadas de manera idéntica. O todas son ilegales o todas son todas válidas, da la impresión de que existe un doble estándar judicial; lo que 'sirve' para derminada persona, no sirve para otra”.