La justicia Correccional de esta ciudad anuló un fallo dictado por el juez de Faltas Ricardo Germani en el se sancionaba a los responsables de una construcción ilegal ubicada en calle Fuerte Argentino 133 y a los funcionarios municipales que la habían autorizado.
Germani había constatado la edificación de un piso más de lo permitido por el Código -el máximo en esa zona son tres- y había dispuesto una multa de 25 mil pesos para los dueños del edificio y la suspensión de la matrícula a los arquitectos que habían participado en el proyecto y la dirección de obra.
Ahora, el juez Correccional Gabriel Rojas entendió que existían un “compendio de vicios procedimentales” en el que se afectaba “el derecho de defensa en juicio" de las personas sancionadas.
Y agregó que “están ausentes los requisitos mínimos del hecho imputado y se carece de precisión sobre la normativa violada”.
Por otro lado, Rojas contradijo a Germani y señaló que la falta a la que se hace alusión es por las “construcciones sin permiso", cuando -en realidad- la obra del edificio de calle Fuerte Argentino fue autorizada por la Municipalidad de Bahía Blanca.
En ese sentido, el juez de Faltas había opinado diferente al indicar que “el yerro oficial no justifica ni atenúa la contravención del propietario ni tampoco la de los arquitectos".
Cabe destacar que, las resoluciones de la justicia Correccional no pueden ser apeladas por los tribunales de faltas, por lo tanto todos los involucrados en el caso quedaron absueltos definitivamente.
Se entiende que el fallo del juez Rojas autoriza al fideicomiso que construye dicho edificio a utilizar el último piso para los fines que había sido creado, es decir como viviendas particulares.
Otro revés para Germani
En el día de hoy también se conoció la decisión del Juez Correccional José Luis Ares , de revocar la sentencia que dictó el Juez de Faltas Municipal en relación a la multa que se le impuso a la familia de Rocío Marengo, por realizar una fiesta privada sin la debida autorización.
Ares entendió que hubo un error en el encuadre de los sucesos, por lo que el acta de descargo de la madre de Marengo resulta nula ya que "se perjudicó la posibilidad de defensa".
Por otra parte asegura que las normas mencionadas en el fallo de Germani, no pueden ser aplicas a este caso porque se refieren a establecimientos comerciales, y que "existe un vacío legal respecto de las fiestas privadas".
Por lo tanto, el titular del Juzgado Correccional N°1, decidió revocar la sentencia de Germani, y absolver libremente a Alejandro Marengo y a María Graciela Paganini Bayley.